Al aplicar las tasas del Régimen Mype o Régimen General, tendremos el perjuicio definitivo a las arcas del Estado, salvo -claro está- del caso de aquellas empresas que arrastren pérdidas y no tengan por tanto IR a pagar (allí la pérdida solo disminuiría). (Fuente: Gobierno del Perú)
Al aplicar las tasas del Régimen Mype o Régimen General, tendremos el perjuicio definitivo a las arcas del Estado, salvo -claro está- del caso de aquellas empresas que arrastren pérdidas y no tengan por tanto IR a pagar (allí la pérdida solo disminuiría). (Fuente: Gobierno del Perú)

Catedrático de las Universidades del Pacífico y UPC. Director de la Maestría en Tributación de la UPC

Estimado(a) lector(a)

En Gestión, valoramos profundamente la labor periodística que realizamos para mantenerlos informados. Por ello, les recordamos que no está permitido, reproducir, comercializar, distribuir, copiar total o parcialmente los contenidos que publicamos en nuestra web, sin autorizacion previa y expresa de Empresa Editora El Comercio S.A.

En su lugar, los invitamos a compartir el enlace de nuestras publicaciones, para que más personas puedan acceder a información veraz y de calidad directamente desde nuestra fuente oficial.

Asimismo, pueden suscribirse y disfrutar de todo el contenido exclusivo que elaboramos para Uds.

Gracias por ayudarnos a proteger y valorar este esfuerzo.