Estando ad - portas de un nuevo cierre tributario, es importante hacer un alto en el camino para constatar hacia dónde va nuestra tributación, a través de las normas que se han estado publicando y las acciones y reacciones de control por parte de las autoridades.
Qué duda cabe que a pesar de los esfuerzos loables para ampliar la base de contribuyentes (como es el caso de la inscripción “de oficio” en el RUC), para que no solo paguen tributos los formales de siempre, es claro observar que estas acciones no calan finalmente en la población, ya que muchos temen que esa formalización les conllevará a gastos y costos como las enormes y desproporcionadas sanciones (multas), o a procedimientos finalmente engorrosos y riesgos de implacables controles administrativos a los cuales no están preparados o no los entienden.
Se percibe entonces el hecho de que al ser formales, se han de llenar de posibles contingencias, no habiendo prosperado -verbigracia- la buena idea bajo Proyecto de Ley de no multar a una entidad en los primeros años de su vida económica, que hubiera sido creemos una buena opción de aliento a la formalización.
Porque los errores no vienen muchas veces configurados de forma adrede, generados para no pagar dolosamente el tributo que determina la Ley, sino por la bajísima cultura tributaria que campea entre los emprendedores, que apenas subsisten y no tienen como pagar asesorías.
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Somos calificados en el ranking de contribuyentes como los “resignados”, pues se abona un tributo porque “no hay otra” o “porque así lo obliga el Estado”, y claro, mucho de esto tiene que ver con en el hecho de que no se advierten -en reciprocidad al pago de un tributo- obras y servicios que retornen a causa del pago de los impuestos.
Basta solo escuchar a algunos diciendo: “Para qué se llevan el IGV, si ese tributo es mi ganancia”, para entender -en esa lamentable ignorancia- que algo no camina bien, y que la enseñanza de la tributación debió darse desde las aulas colegiales.
¿Las últimas normas tributarias qué mensaje nos revelan?. Creemos que la mayoría de ellas, solo un anuncio -entre líneas- de “pura y dura recaudación”, aspecto que ya el TC dijo que es un derecho que está “por encima de otros derechos” (como por ejemplo, el “secreto bancario”), lo cual resulta, cuando menos, cuestionable.
Normas recientes, como crear un “Netflix Tax” (hoy aún sin visos de aplicación inminente a diciembre de 2024, por parte de los bancos y sin que se aliente el cobro del IR a no domiciliados); como aplicar un impuesto Selectivo al Consumo a los Casinos on line (COL); un Fraccionamiento Especial (FRAES) que da a entender que solo se busca “bajar la alta litigiosidad” al no aceptar las autoliquidaciones de deudas por parte de los contribuyentes; la violación de la neutralidad del IGV al acortar los plazos en el Registro del crédito fiscal; los “Perfiles de Cumplimiento” que aparecen a través de valoraciones negativas llevadas al absurdo, como considerar malas calificaciones por el solo hecho de haber aplicado derechos como las compensaciones, o estar acogido al Mype Tributario; sistemas que demoran en su aplicación como el SIRE; o intentos de rebajar el Drawback hasta aniquilarlo, etc.,; son todos mensajes que no nos hablan finalmente de un real apoyo a los contribuyentes, sino -en la mayoría de los casos-, de aumentar una recaudación para cubrir brechas generadas por el déficit fiscal, cuando quizás la solución sería rebajar el gasto público que sea innecesario y alentar una mayor cultura tributaria con acciones eficaces, sumado al hecho (siempre postergado), de simplificar los Regímenes Tributarios, o crear uno especial y simple, relacionado a los emprendedores.
El ciudadano de a pie se pregunta entonces y con toda razón, ¿dónde está la relación jurídica empática, que revise la pertinencia de las normas en momentos económicos complicados para el ciudadano de a pie?. ¿Dónde está la discusión normativa previa con los contribuyentes?.
Y solo ven muchas veces -como respuesta- implacables revisiones fiscales, donde en varios casos se busca la sinrazón a través del aspecto formal, sin tener en cuenta que estamos en el Perú y los controles internos de la mayoría de las empresas pueden resultar con serias falencias, pero ello no significa que se quiera. como objetivo final, el defraudar. Al final… ¿de donde proviene la “alta litigiosidad”, si el contribuyente deberá de defenderse ante revisiones de aquella índole?.
Como dice mi libro… debemos todos remar por una “Tributación Humana”, donde todas las partes implicadas ganen, pero vigilante del respeto a los principios tributarios constitucionalizados.
Catedrático de las universidades del Pacífico, UPC y UCSUR. Director de la Maestría en Tributación de la UPC.
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