El grupo hotelero Iberostar, una de las compañías españolas demandadas en Estados Unidos bajo la ley Helms-Burton, pidió que se desestime esa acción legal con el argumento central de que el tribunal no tiene jurisdicción sobre una empresa con sede en España y sin negocios ni presencia física en e el estado de Florida.
En un documento judicial al que EFE tuvo acceso este jueves y que incluye una declaración jurada de Alberto Llompart, consejero general de Iberostar Hoteles y Apartamentos, S.L., los abogados de la compañía desarrollan ese argumento y otros con el fin de invalidar la demanda planteada en 2020 por María Dolores Cantó Martí en los tribunales federales en Miami.
La demandante afirma tener derechos legales sobre una propiedad en Cuba donde su familia tenía un hotel y que les fue decomisada tras el triunfo de la revolución en 1959 y alega que Iberostar lucró operando ese establecimiento, por lo que, en virtud del Título III de la Ley Helms-Burton, reclama ser indemnizada económicamente.
El Título III, que después de 23 años en el limbo judicial entró en vigor el 2 de mayo de 2019 por decisión del entonces presidente Donald Trump, permite demandar en Estados Unidos a empresas que lucren con propiedades decomisadas en Cuba antes de 1996, el año en el que la Ley Helms-Burton cobró vigencia.
En más de 3 años se han presentado 44 demandas y solo una se ha resuelto definitivamente y no en los tribunales.
Las razones de Iberostar
Iberostar, con sede en la isla de Mallorca, no solo cuestiona la jurisdicción del tribunal de Miami en este caso, sino que niega haber operado el Hotel Imperial y apunta que los derechos de la demandante, María Dolores Cantó Martí, sobre la propiedad decomisada no están probados.
“Iberostar Spain no posee, ni nunca ha poseído, el Hotel Imperial”, subraya Llompart, quien también niega que su compañía lo haya administrado u operado en sociedad con el Gobierno cubano.
Según Llompart, cuando se presentó esta demanda el hotel Imperial no lucía la enseña de la marca Iberostar. “Solo la tuvo entre 2017 y 2019″, subraya.
Después de 23 años en los que los sucesivos presidentes de Estados Unidos mantuvieron en suspenso el Título III de la ley promulgada por Bill Clinton para no tener problemas con terceros países, Trump decidió ponerlo en vigor para presionar al Gobierno cubano a hacer cambios en la isla.
Según el Consejo Económico y Comercial Estados Unidos-Cuba, una entidad privada y sin ánimo de lucro que se ha ocupado de reunir toda la información sobre las demandas invocando el Título III, las 44 presentadas hasta la fecha involucran a compañías de 15 países.
Se trata de Estados Unidos, Cuba, Canadá, Chile, China, Dinamarca, Francia, Alemania, Países Bajos, Panamá, Singapur, España, Suiza, Tailandia y Reino Unido.
Una sola indemnización y millones para los abogados
De esas demandas, 15 son “certificadas”, lo que significa que eran ciudadanos estadounidenses los que perdieron sus propiedades en Cuba, y 29 no certificadas, que eran ciudadanos cubanos o de otros países.
El Consejo, dirigido por John Kavulich, elaboró una lista de 87 entidades que han sido demandadas efectivamente o notificadas de que pueden llegar a serlo, que es un paso previo previsto en el título.
Amazon, Visa, Booking, Expedia, Mastercard y Trivago están en la lista, junto a BNP Paribas, BBVA, Meliá, Iberostar, Barceló, NH Hotels, Pernod Ricard, Iberia, Air Europa, Latam, Societe Generale.
Algunas de las compañías han tenido varias demandas. El récord lo tiene la plataforma de viajes, Expedia, que está incluida en ocho casos.
De acuerdo con el consejo, los únicos demandantes que han recibido compensación hasta ahora son los Clafin, una familia a la que en 1960 el régimen cubano decomisó la entonces llamada “Compañía Azucarera Soledad”.
En el 2020 los Clafin plantearon una demanda contra la multinacional suiza LafargeHolcim en una corte del sur de Florida por hacer negocios con bienes que les expropiaron en Cuba y al año siguiente ambas partes llegaron a un acuerdo de indemnización por una cantidad no divulgada, que cerró definitivamente el caso.
La Justicia solo ha emitido hasta ahora un veredicto, que obliga a pagar unos US$ 100 millones a cada una de las cuatro compañías de cruceros demandadas, Norvegian, Carnival, Royal Caribbean y MSC, pero todavía pueden recurrirlo.
Actualmente en los tribunales de apelación se ventilan diez demandas y esos mismos cuerpos judiciales ya han desestimado seis.
Según el Consejo Comercial y Económico Estados Unidos-Cuba las autoridades estadounidenses han certificado 5,913 casos de ciudadanos y empresas del país que pueden acogerse al Título III, por un total de US$ 1,900 millones, que con los intereses desde hace más de 60 años ascenderían a 8.521 millones.
A esa enorme suma habrá que agregar una cantidad no evaluada por los reclamos “no certificados”.
Fuente: EFE