Habilitación urbana. Crea condición de empresario para persona natural, según Sunat. (Foto: GEC)
Habilitación urbana. Crea condición de empresario para persona natural, según Sunat. (Foto: GEC)

Hoy en día, cuando una persona natural vende un inmueble sin ánimo empresarial, debe pagar un Impuesto a la Renta de segunda categoría. Es decir, paga un impuesto con una tasa de 5% sobre los ingresos generados.