
Mediante el Decreto Supremo 432-2020, el Ministerio de Economía introdujo una serie de cambios a las deducciones del Impuesto a la Renta que pueden realizar quienes pagan dicho impuesto en cuarta y quinta categoría, es decir, personas naturales con trabajo dependiente e independiente, con el fin de fomentar actividades turísticas.
Entre los cambios establecidos se dispone que en el 2021 y 2022 las personas puedan deducir el 25% de los gastos realizados en hoteles y restaurantes del pago del Impuesto a la Renta. Anteriormente, las personas solo podían deducir el 15% de estos gastos.
Sin embargo, el nuevo monto no se considera como parte de las 7 UIT normalmente deducibles, sino dentro de un monto adicional deducible de hasta 3 UIT (S/ 13,200), el cual se creó en el 2017.
La facultad de deducir el 15% de los gastos en restaurantes y hoteles e incluirlos en esta bolsa adicional rige desde noviembre del 2018 mediante el DS 248-2018, el cual modificó el artículo 26-A del Reglamento de la Ley del Impuesto a la Renta.
Crítica
“El problema es que todo esto se va a una bolsa de deducción que solo puede llegar hasta 3 UIT”, advirtió Eduardo Joo, socio del estudio Amprimo.
“Es decir, las personas que ya llenaban esta bolsa de posibles deducciones no tendrán ningún beneficio adicional. Muchas personas ya llenan esta bolsa dado que en ella se incluye el pago de arrendamientos”, explica.
“Lo que habría sido más beneficioso es que se amplíe el monto deducible total de 3 UIT a 4 UIT (S/ 17,600)”, considera Joo. “Sin embargo, sigue siendo una medida buena y que ayuda a un sector bastante oprimido”, añade.
Deducciones turísticas
Por otro lado, el nuevo DS reguló lo dispuesto por la Ley 31103 para impulsar el turismo, de forma que las personas podrán deducir de su abono del IR el 50% de lo pagado en servicios turísticos y en servicios de artesanos, pero solo si estos pagos se hacen a personas individuales y no a empresas turísticas o artesanales.
Solo se podrá deducir hasta el 25% de los pagos realizados a empresas de turismo (por su comisión) y artesanales. Esto inicialmente no estaba contemplado en la Ley 31103, habiendo dejado un espacio abierto para que se regule al respecto, por lo que es un beneficio adicional creado por el nuevo DS.
Joo considera que se pudo haber evaluado medidas con un impacto más directo en las empresas de turismo pues la adoptada sería insuficiente.
Sin impacto
Agrega que medidas como la indicada buscan incentivar a las personas a querer salir de su casa e irse de viaje en medio de una pandemia, pero se preguntó si una persona querría viajar solo porque sabe que podrá deducir el 50% de su gasto en hoteles y restaurantes.
En cambio, anotó, en Argentina, se aprobó el 31 de diciembre una ley que exonera del pago del IVA (equivalente al IGV) a los hoteles y turistas que utilicen servicios de hotelería y turismo por todo el 2021.
La norma argentina además reduce el IVA en la compra de boletos de vuelo de 19% a 5% hasta el 2022.
Gremios locales de turismo plantearon que se apliquen medidas como las que se dieron en Argentina para recuperar el turismo en Perú.
Servicios. Se otorga mayor capacidad de deducción por gastos turísticos en servicios ofertados por personas naturales.
Cuarentena. El Gobierno dictó mediante decreto supremo que toda persona que ingrese al país a partir del 4 de enero deberá pasar por una cuarentena obligatoria de 14 días. Adicionalmente, se le pide a todo viajero que ingrese al país contar con una prueba molecular negativa, creando una doble protección.
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