La Comisión Permanente del Congreso de la República aprobó, en segunda votación, el dictamen que plantea reducir la tasa del Impuesto General a las Ventas (IGV) para las microempresas y pequeñas empresas de los rubros de restaurantes, hoteles y alojamientos turísticos.
Como se recuerda, el Pleno del Legislativo aprobó, en una primera votación a mediados de este mes, esta medida, quedando pendiente su ratificación, lo que finalmente ocurrió esta mañana del viernes 27 de diciembre.
Sin embargo, por la tarde, se presentaron dos solicitudes de reconsideración de la segunda votación. Una a pedido de Flavio Cruz Mamani (Perú Libre) y otro de Ruth Luque (Juntos por el Perú).
En el tránsito de su debate, la propuesta fue observada directamente sobre sus efectos por el titular del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), José Arista. Entonces, señaló que la medida le costaba al erario nacional alrededor de S/800 millones. A esta crítica también se le sumó el presidente del Banco Central de Reserva del Perú (BCRP), Julio Velarde, señalando que “es de lo peor”.
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Detalles
La propuesta busca la reactivación económica de las empresas de estos rubros brindando una “tasa especial y temporal del IGV”. “[Se busca] apoyar la reactivación económica de este gran segmento económico empresarial, que ha sufrido un impacto devastador como consecuencia de la pandemia por COVID-19, con la finalidad de viabilizar la supervivencia y evitar el cierre de estas actividades”, señala la norma.
En detalle, se plantea que “las operaciones de venta y bienes y servicios” que realicen tendrán una tasa del IGV especial y que se elevará de manera escalonada.
- Para el año fiscal 2025, una tasa del 8%
- Para el año fiscal 2026, una tasa del 8%.
- Para el año fiscal 2027, una tasa del 12%.
La vigencia de esta norma aplicará desde el primer día del mes siguiente al de su publicación hasta el 31 de diciembre del 2026. “Posteriormente, la tasa se incrementará al 12% y estará vigente desde el 1 de enero hasta el 31 de diciembre del 2027″, se lee.
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El texto aprobado también dispone que el MEF debe elaborar un informe anual respecto de los costos y beneficios de la presente ley. Esto se propone en un contexto donde el impacto de este beneficio tributario fue puesto en duda desde el propio MEF, como se mencionó líneas arriba.
“Las empresas beneficiarias deben capacitar a su capital humano en los servicios que brinda la unidad productiva y promover su certificación ante el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (Mincetur) y el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) para la mejora de la productividad laboral y la competitividad del sector”, establece una disposición complementaria final.
Es importante señalar que los rubros de restaurantes, hoteles y alojamientos turísticos cuentan con este beneficio tributario desde setiembre del 2022. Entonces, la propuesta dispuso una vigencia hasta este 31 de diciembre del 2024 con una reducción del IGV a un 8% de manera permanente durante la duración de la ley.