El Ministerio de la Producción (Produce) aprobó las medidas para el aprovechamiento sostenible del recurso erizo.
En esa línea, precisó que los pescadores artesanales deberán realizar la labor extractiva destinada al procesamiento o a la comercialización para el consumo humano en áreas delimitadas.
De acuerdo a la resolución publicada este 11 de junio, se debe realizar la pesca respetando la talla mínima de captura de 70 mm.
¿Qué áreas estarán habilitadas? Produce estableció el Límite Máximo de Captura Permisible (LMCP) del recurso erizo en 35 toneladas y 60 kilogramos, entre 75º01′26.295′'O - 15°27′30.538′'S y 74º50′41.411′'O - 15°33′58.227′'S, conforme a la siguiente distribución:
Asimismo, se estableció el límite de captura en 87 toneladas y 580 kg para la zona que comprende entre 73º53′34,579″O - 16º06′31,134″S y 73º19′58,835″O - 16º19′44,628″S., conforme a la siguiente distribución:
Finalmente, en la resolución se precisa que las actividades extractivas concluirán cuando se alcance o se estimen alcanzar los límites máximos; o cuando el Instituto del Mar Peruano lo recomiende por circunstancias ambientales o biológicas o por razones de conservación del recurso. En ningún caso la actividad extractiva puede exceder el 31 de diciembre de 2023.
Disfruta tus descuentos del Club de Suscriptores cuantas veces quieras gracias a tu suscripción a Gestión. Más de 300 promociones esperan por ti, descúbrelas aquí. Y si aún no eres suscriptor, adquiere tu plan aquí