FOTOS DE UNA PERSONA REVISANDO FACTURAS ELECTRONICAS EN EL PORTAL DE LA SUNAT. (Foto: GEC)
FOTOS DE UNA PERSONA REVISANDO FACTURAS ELECTRONICAS EN EL PORTAL DE LA SUNAT. (Foto: GEC)

Desde el 1 de abril próximo, los contribuyentes que obtuvieron ingresos en el rango de S/ 96,600 a S/315,000 (de 23 UIT a 75 UIT) en el 2019 están obligados a la emisión electrónica de sus .

En tanto, en el caso de contribuyentes que durante el año 2019 obtuvieron ingresos menores a S/ 96,600 (23 UIT), la obligación de emitir facturas electrónicas inicia el 1 de abril de este año, mientras que las boletas de venta electrónica el 1 de junio del 2022, recordó la .

De esta manera, al término del primer semestre todas las Mypes deberán emitir boletas y facturas electrónicas este año. Para ello, podrán implementar sus sistemas de emisión a menor costo utilizando el Certificado Digital Tributario que se entrega de manera gratuita desde el 2020.

Este certificado, que tiene una vigencia de tres años, es una credencial electrónica indispensable para garantizar, mediante firma digital, que los comprobantes emitidos desde los Sistemas del Contribuyente, el Facturador Sunat o un Operador de Servicios Electrónicos (OSE), corresponden al contribuyente que está efectuando la operación comercial.

A la fecha, más de 79,000 Micro y Pequeñas empresas han obtenido de manera gratuita el Certificado Digital Tributario para implementar sus sistemas de facturación electrónica.

Los pasos a seguir:

Obtener el certificado digital para los CPE es sencillo pero para ello se debe cumplir los siguientes requisitos:

  • Contar con el RUC activo, estar afecto al Impuesto a la Renta de Tercera Categoría, no encontrarse inscrito en el registro de Operadores de Servicios Electrónicos (OSE) o de Proveedores de Servicios Electrónicos (PSE), entre otros.

¿Cómo solicitar?:

  • Puede solicitarse desde el portal , ingresando al módulo SUNAT Operaciones en Línea (SOL) con la Clave Sol y, en la sección “Empresas”, acceder a “Comprobantes de Pago”, “Certificado Digital Tributario” y dar clic a la opción de solicitud, aceptando los términos y condiciones.

El plazo para acceder a este beneficio es hasta el 31 de diciembre del presente año. Finalmente, se debe indicar que el acceso al certificado también se encuentra disponible para aquellos que, ya siendo emisores electrónicos, requieran obtenerlo.

Accede al Certificado Digital Tributario.
Fuente: Sunat
Accede al Certificado Digital Tributario. Fuente: Sunat