Con la finalidad de facilitar su aplicación por parte de los sujetos obligados a informar a la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF), la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS), mediante Resolución N.°00199-2025, aprobó modificaciones a la norma sobre funciones y cargos ocupados por personas expuestas políticamente (PEP) en materia de prevención del lavado de activos y del financiamiento del terrorismo – LA/FT (Resolución SBS N.°4349-2016).
La norma, publicada hoy en el Diario El Peruano, actualiza y precisa la lista de funciones y cargos ocupados por las PEP, incluida en el anexo, que los sujetos obligados deben considerar para realizar la debida diligencia del cliente.
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Asimismo, precisa que los sujetos obligados, en función a los riesgos de LA/FT, desarrollarán e implementarán los procedimientos para identificar a aquellos clientes no comprendidos en los alcances de la mencionada lista, que coincidan con la definición de PEP, prevista en la norma, a quienes se les debe aplicar el régimen reforzado de debida diligencia en el conocimiento del cliente.
También se establece que la lista de cargos y funciones de las PEP no será referencial sino taxativa, sin perjuicio de que los sujetos obligados puedan considerar a otras personas como PEP, siempre que coincida con la definición contenida en la norma.
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