Actualmente ya se encuentra prohibido nombrar, contratar o inducir a otro a hacerlo en su entidad respecto a sus parientes hasta el cuarto grado de consanguinidad, segundo de afinidad, por razón de matrimonio, unión de hecho, convivencia o ser progenitor de sus hijos (foto: freepik).
Actualmente ya se encuentra prohibido nombrar, contratar o inducir a otro a hacerlo en su entidad respecto a sus parientes hasta el cuarto grado de consanguinidad, segundo de afinidad, por razón de matrimonio, unión de hecho, convivencia o ser progenitor de sus hijos (foto: freepik).

En el Congreso de la República avanza un proyecto de ley que busca ampliar las causales de nepotismo, estableciendo más restricciones a la contratación en entidades públicas y empresas estatales.