A partir del 1 de abril, las facturas y electrónicos incluirán como nuevos datos información relacionada a la modalidad de pago, si es al contado o al crédito, para facilitar a los contribuyentes (que se desempeñen como proveedores) la generación de una factura negociable en los casos que el pago sea al crédito informó la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat).

De esa manera, se podrá promover el que consiste en un contrato mediante el cual una empresa traspasa el derecho a cobrar el monto de la factura electrónica cuya cancelación es al crédito y a cambio obtiene de manera inmediata el pago de esa transacción.

Los datos que los contribuyentes registrarán a partir del 1 de abril del 2021 cuando emitan sus facturas y electrónicos son:

• La forma de pago: si es al crédito o al contado.

• Si consigna que es al “crédito” deberá indicar:

- El monto neto pendiente de pago, y

- Las fechas de vencimiento del pago único o de las cuotas y los montos correspondientes.

Luego de la emisión, el usuario del servicio podrá indicar -en la plataforma que implementará la - si se encuentra conforme o no con dicho documento. De no hacerlo en el plazo de 8 días calendario, computados desde que recibió los comprobantes, el sistema los validará automáticamente.

Cabe señalar que este proceso será necesario para poder ejercer el derecho al crédito fiscal.

Otro cambio importante es que los contribuyentes deberán enviar un ejemplar de la factura electrónica a la o al Operador de Servicios Electrónico (OSE), hasta el día calendario siguiente a la fecha de emisión, a diferencia de los 7 días que se tiene en la actualidad.

Las modificaciones se implementarán como parte de lo dispuesto por el Decreto de Urgencia N° 013-2020, que fortalece el uso de la factura negociable, contribuyendo, además, con la masificación de los comprobantes de pago electrónicos.

A continuación, un ejemplo del nuevo modelo de recibo por honorarios: