En los últimos años uno de los principales problemas en los retrasos en la ejecución de proyectos de inversión pública, sea en la modalidad convencional como en las asociaciones público privadas (APP), ha sido la demora en la entrega de terrenos por parte del Estado a las constructoras.
Un ejemplo claro de este problema es la Línea 2 del Metro de Lima, que se concesionó en el 2014 y debió estar lista en el 2019, pero hasta el momento no se culmina, precisamente porque el Estado no entregó a tiempo todos los terrenos para ejecutar las obras. Esta situación llevó a que el Estado pierda un arbitraje internacional ante el Ciadi por incumplimiento contractual.
Lo del Metro de Lima se repite en diversas obras, como la ampliación de aeropuerto Jorge Chávez, en el que el Estado también demoró 18 años en hacer entrega del 100% de los terrenos para construir un nuevo terminal y la segunda pista.
¿Cómo serán los incentivos a los propietarios para agilizar expropiaciones?
Para buscar agilizar la entrega de los terrenos y revertir la situación mencionada, el Gobierno publicó el Decreto Legislativo N° 1559, con el cual se eleva el incentivo a los propietarios de los predios ubicados en las zonas donde se construirán los proyectos, para acceder a la expropiación de los mismos con mayor rapidez.
Hasta antes de la emisión de esta norma, el Estado ofrecía a los propietarios de los predios pagar el valor comercial de sus terrenos luego de una tasación. Si estos accedían a la propuesta, se les otorgaba un 20% adicional al monto ofrecido.
Ahora, ese 20% adicional se mantiene, pero en caso el propietario del terreno acceda a firmar un acta de entrega de posesión anticipada a favor del Estado, el beneficio sube al 30% adicional al monto tasado.
Por ejemplo, si la tasación de un predio es de S/ 100,000 y el propietario solo acepta, por su decisión recibiría un 20% adicional, que son S/ 120,000. Pero si además decide entregar su propiedad de manera anticipada recibe el “premio” de 30% y obtendría S/ 130,000.
Para el asociado del área inmobiliaria de Philippi Prietocarrizosa Ferrero DU & Uría, Javier Bravo, el “premio” adicional planteado por el Ejecutivo es una medida razonable, pues usualmente el Estado termina de hacer los pagos luego de haber construido la obra, básicamente por “usos y costumbres” de la actividad estatal.
El especialista explicó que otro cambio que trae la norma es que ahora se reconoce como beneficiarios también a aquellos que tienen menos de 10 años como posesionarios de los terrenos.
Facilitarán consultorías para realización de obras
Otro de los cambios que se establecen en el decreto del Poder Ejecutivo es que se exonera de la ley de contrataciones, hasta diciembre del 2025, a las entidades que realicen proyectos de inversión dentro del Plan Nacional de Infraestructura Sostenible para la Competitividad (PNISC) 2022-2025 y decidan contratar consultorías para la realización de obras y liberación de interferencias.
Para la contratación de obras se realiza hasta por un monto de 3,600 Unidades Impositivas Tributarias (UIT). La Contraloría General de la República se encargará de realizar el control concurrente de las contrataciones de obras, debiendo las entidades remitir copia del contrato de la obra y los documentos que lo sustenten.
Bravo refirió que esta facilidad también se hace para agilizar las tasaciones de los predios afectados a través de consultores independientes y no solo con los que tiene el Ministerio de Vivienda, lo cual acelera el proceso por la carga que tiene Estado en estos procesos.
Falta ajustar legislación para expropiar terrenos de empresas
Para el experto de PPU, Javier Bravo, si bien el decreto legislativo es positivo, está enfocado principalmente en las personas naturales y no en las empresas que también son propietarias de predios.
“El reglamento nacional de tasaciones no está preparado para tasar empresas en marcha, porque se tiene que considerar una serie de variables económicas que se deben considerar a la hora de realizar un estudio para determinar el daño emergente y el lucro cesante”, afirmó.
Sin embargo destacó que la nueva norma sí ha modificado los plazos de entrega de los terrenos por parte de las empresas hacia el Estado, de 30 a 90 días, con una extensión de hasta 120 días hábiles. Precisó que esta medida es importante porque da tiempo a las empresas para reubicarse, junto con todos sus trabajadores.
Acelerarán la liberación de interferencias
Procedimiento. La norma también regula el procedimiento y plazo para la liberación de interferencias, que son las instalaciones existentes a cargo de empresas o entidades prestadoras de servicios públicos, y otras instalaciones o bienes que se encuentren dentro del área del derecho de vía o de ejecución de Obras de Infraestructura. Si no se identifica a los titulares de las instalaciones, la entidad a cargo del proyecto está facultada a liberar el espacio de las obras de dichas interferencias.
Cifra
72 proyectos de infraestructura tiene el PNISC. Estos suman una inversión total de S/ 146,662 millones y ahora incluyen sectores sociales como salud y educación, que no estaban en el plan anterior.