A través de una norma emitida hoy (Decreto Supremo Nº 083-2022-EF), el Ministerio de Economía oficializó la lista de bienes con acceso al crédito fiscal, en el marco de la implementación de la reciente ley que exoneró del IGV a una lista de ciertos alimentos de la canasta básica familiar (Ley Nº 31452).
Cabe recordar que la Ley Nº 31452, promulgada hace dos semanas, exonera del IGV desde el 01 de mayo hasta el 31 de julio de 2022, la venta en el país o importación de los siguientes bienes que conforman la canasta básica familiar: carne de aves de la especie gallus domesticus frescos, refrigerados o congelados; huevos frescos de gallina de la especie gallus domesticus; azúcar; pastas alimenticias sin cocer, rellenar ni preparar de otra forma; y, al pan.
La ley también estableció que los contribuyentes que comercialicen los bienes exonerados del IGV, podrán aplicar como crédito fiscal el IGV correspondiente a las adquisiciones y/o importaciones de los bienes requeridos en el proceso productivo de los bienes exonerados, los cuales se iban a detallar en una reglamentación posterior, la cual se ha efectuado hoy.
Para conocer la lista de los bienes con acceso al crédito fiscal puede hacer click en este enlace.
El decreto emitido hoy también señala que la Sunat establecerá las normas complementarias que sean necesarias para la mejor aplicación de lo establecido en el presente dispositivo.
Por su parte Alicorp informó que a partir del domingo 1° de mayo no cobrará el IGV en ninguna de sus marcas de pastas, en todas sus presentaciones, ni en panes precocidos que son las categorías incluidas en esta ley.
Dudas sobre efectividad
Esta semana la Sociedad Nacional de Industrias (SNI) alertó que la exoneración del IGV no se traducirá en una reducción de precios de alimentos de la canasta familiar.
El gremio indicó que los insumos para elaborar estos productos son afectados por el alza en las cotizaciones internacionales. Este es el caso, por ejemplo, del trigo que se utiliza para la elaboración de panes y fideos; y del maíz y la soya, con los que se prepara el alimento balanceado para las aves.
Otro factor que atenta contra la reducción de los precios es la incertidumbre que existe para la utilización del crédito fiscal por el IGV que las empresas pagan en la compra de insumos, materia prima y servicios.
“Si las empresas no pueden utilizar el íntegro del crédito fiscal, este se trasladaría a los consumidores, ya que no se podría aplicar dicho crédito en la venta de los productos exonerados”, indicó la SNI.
Agregó que la cadena de abastecimiento de alimentos incluye muchos actores como mayoristas, minoristas, distribuidores, comercializadores, bodegas y mercados, que podrían decidir mejorar sus márgenes, los cuales vienen siendo afectados desde el inicio de la pandemia, y cubrir los mayores costos derivados del alza del tipo de cambio y del alza del sueldo mínimo.
“Además, hay que tener en cuenta el alto nivel de informalidad de la economía peruana que en un elevado porcentaje se materializa en mercados de abastos y bodegas”, puntualizó.