
El Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi) presentó una oposición contra la medida cautelar que levantó provisionalmente la suspensión del procedimiento concursal de Universitario de Deportes, otorgada por el Poder Judicial a favor de Gremco Corp. La entidad solicitó que la medida sea revocada o dejada sin efecto y, además, planteó la nulidad de la resolución judicial que la concedió.
La oposición fue admitida este lunes por el 24.º Juzgado Contencioso Administrativo. Mediante la Resolución N° 5, el juzgado dispuso correr traslado a las demás partes por tres días para que respondan y estableció que, con sus descargos o sin ellos, el expediente ingresará a despacho para emitir la resolución correspondiente.
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Los cuestionamientos del Indecopi
Uno de los principales argumentos del Indecopi apuntó a la verosimilitud del derecho invocado por Gremco. A su juicio, la resolución judicial parte de una interpretación cuestionable de las leyes 31279 y 32113 y no acredita la existencia de un derecho que justifique levantar provisionalmente la suspensión del procedimiento.
“Ofrecemos como medios probatorios las copias del Expediente Administrativo N° 172-2011/CCO-INDECOPI que han sido remitidos íntegramente al Juzgado, ahora con la finalidad de acreditar que la inexistencia de verosimilitud del derecho invocado, la inexistencia de peligro en la demora así como la inexistencia de razonabilidad y adecuación de la medida respecto a la pretensión del demandante en el presente caso”, indicó el organismo.
Asimismo, quedó bajo cuestionamiento el uso de antecedentes constitucionales en la resolución judicial para sostener que la aplicación del régimen especial a Universitario requeriría una actuación de la Junta de Acreedores. A ese argumento, se suma que Gremco dejó consentida la Resolución N.° 9866-2021/CCO-INDECOPI, mediante la cual se suspendió provisionalmente el procedimiento concursal del club, las convocatorias y acuerdos de la Junta de Acreedores y las facultades de su administradora.

Otro de los requisitos analizados fue el peligro en la demora. Indecopi cuestionó que el juzgado sustentara ese riesgo en un eventual perjuicio al cobro de créditos laborales, pese a que esos acreedores no solicitaron la medida cautelar.
“El Juzgado no ha evidenciado la existencia de peligro en la demora, pues no ha señalado cuál sería el perjuicio irreparable que sufriría la parte demandante de no concederse la medida cautelar solicitada”, sostuvo.
La razonabilidad y adecuación de la medida también forman parte de la oposición. El organismo consideró que no se había explicado por qué levantar la suspensión del procedimiento concursal resultaba necesario para proteger el derecho alegado por Gremco. Además, sumó un cuestionamiento a la motivación de la resolución judicial, al considerar que no justificaba suficientemente el cumplimiento de los requisitos para conceder la medida cautelar.
¿Qué pidió Indecopi?
En función de los mencionados argumentos, Indecopi pidió que la medida cautelar fuera revocada o dejada sin efecto y que se declarara la nulidad de la Resolución N° 3.
“Sírvase el Juzgado tener por presentada nuestra oposición a la medida cautelar otorgada por Resolución N° 03 y revocarla o dejarla sin efecto oportunamente, así como tener por presentada nuestra solicitud de nulidad de dicha Resolución N° 03, tramitarla y archivar conforme”, solicitó la entidad.

La controversia se originó el 20 de agosto, cuando el Poder Judicial concedió la medida cautelar solicitada por Gremco y ordenó levantar provisionalmente la suspensión del procedimiento concursal de Universitario, además de adoptar las medidas necesarias para convocar y desarrollar una Junta de Acreedores. El procedimiento se encontraba suspendido desde 2021, en el marco de la Ley 31279.
Ahora, las partes tendrán tres días para responder a la oposición de Indecopi y, posteriormente, el juzgado deberá resolver si mantiene, modifica o deja sin efecto la medida cautelar.







