El Organismo Supervisor de Inversiones Privadas en Telecomunicaciones (Osiptel) ratificó, en última instancia, dos multas a la empresa Entel Perú por un total de S/1,351,360. Según la resolución de dicha entidad, la sanción responde a que la empresa de internet y telefonía habría registrado 290,365 solicitudes de portabilidad numérica sin obtener el consentimiento expreso de los usuarios.
Por la presunta irregularidad suscitada entre el 1 de enero y el 30 de junio de 2021, la Dirección de Fiscalización e Instrucción (DFI) notificó a la operadora, en diciembre del año pasado, sobre el inicio de un procedimiento sancionador. En ese periodo, la institución indica que la empresa también infringió otra conducta al no entregar los mensajes de texto enviados por el concesionario receptor, a los usuarios en el plazo máximo de 20 segundos.
Por su parte, en febrero de 2024, Entel Perú presentó sus descargos, pero fueron desestimados en primera instancia por el organismo supervisor. Así, se dispuso la aplicación de las dos infracciones de 150 UIT y 112.4 UIT (unidades impositivas tributarias), ambas de calificación “grave”, señala la disposición publicada en Normas Legales de El Peruano
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Pruebas no habrían confirmado mejoras
Entel apeló las sanciones mencionadas al argumentar que había implementado mejoras en sus procesos de portabilidad y mostró mensajes de correos electrónicos con fechas de septiembre y diciembre del 2022 para sustentar el hecho. Sin embargo, Osiptel determinó que no había pruebas suficientes para verificar estas mejoras ni la manera de cómo funciona la ejecución respecto al proceso de portabilidad.
“Las presuntas mejoras en el proceso de portabilidad no enervan ni desestiman de manera alguna los incumplimientos detectados en el marco de las acciones de fiscalización llevadas a cabo entre el 1 de enero y el 30 de junio del 2021″, sostuvo el organismo.
Finalmente, Osiptel resolvió declarar infundada la apelación de Entel, confirmando las multas que superan los S/1.3 millones. La resolución también desestima la solicitud de nulidad y declara agotada la vía administrativa, sin posibilidad de más recursos a presentar.
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