
Ante los posibles efectos del fenómeno de El Niño (FEN) sobre las actividades productivas, el Gobierno de Perú evalúa recurrir nuevamente a la suspensión perfecta de labores como una alternativa para evitar despidos en empresas que deban paralizar sus operaciones. Este mecanismo, utilizado durante la pandemia, permite mantener vigente el vínculo laboral sin que el trabajador preste servicios ni reciba remuneraciones durante la suspensión.
Sin embargo, surge una interrogante: ¿mantener el contrato de trabajo garantiza que el empleado conserve su puesto cuando termine la emergencia o existe el riesgo de que la medida simplemente postergue los despidos?
Un informe de Horizonte Laboral advierte que la suspensión perfecta puede contribuir a preservar empleos durante una crisis, pero no garantiza que los trabajadores conserven sus puestos una vez reanudadas las actividades.
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Pandemia dejó una pregunta sin responder
Durante el 2020, se presentaron 39,767 solicitudes empresariales de suspensión perfecta de labores. Asimismo, al 7 de junio de ese año, un registro citado por la Organización Internacional del Trabajo (OIT) contabilizaba 245,413 trabajadores comprendidos en la medida.
Sin embargo, ambas cifras corresponden a periodos diferentes y solo permiten dimensionar su utilización, no determinar cuántos empleos se consiguió preservar.
Según Horizonte Laboral, para conocer su efectividad sería necesario identificar qué ocurrió con los trabajadores al concluir la suspensión: cuántos regresaron a sus empresas, cuántos permanecieron en planilla y cuántos terminaron desvinculados.
También sería necesario comparar estos resultados con los de trabajadores que no utilizaron el mecanismo, a fin de estimar cuántos puestos se conservaron gracias a la medida.
Mayen Ugarte, presidenta del Consejo Directivo de Horizonte Laboral, explicó a Gestión que la organización no ha encontrado una evaluación pública de estos resultados, aunque aclaró que ello no descarta la existencia de estudios no identificados.
Advirtió que repetir el mecanismo sin esa información podría llevar a establecer plazos, subsidios y controles sin conocer qué funcionó durante la pandemia o si se produjeron despidos diferidos.

¿Qué ocurre cuando terminan los 90 días?
La legislación peruana contempla la suspensión perfecta por caso fortuito o fuerza mayor por un plazo máximo de 90 días. Durante ese periodo, el contrato continúa vigente, aunque se suspenden las obligaciones de trabajar y pagar remuneraciones.
El informe señala que esta herramienta puede resultar útil cuando las dificultades empresariales son temporales y la producción logra recuperarse. Sin embargo, su efectividad depende de la duración de la paralización y de la capacidad financiera de las empresas.
En consecuencia, mantener vigente un contrato no significa necesariamente que el trabajador conservará su puesto cuando termine la medida.
Ugarte explicó que la suspensión puede evitar despidos si la empresa mantiene su solvencia y consigue retomar sus operaciones. Por el contrario, si la paralización se prolonga o el empleador pierde liquidez, la medida podría simplemente postergar la pérdida de puestos de trabajo.
En esos casos, podrían producirse ceses colectivos por causas objetivas, despidos individuales o la no renovación de contratos temporales, según corresponda.
La especialista precisó que la legislación protege la continuidad del vínculo durante la suspensión, pero no establece una garantía general de permanencia posterior.
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Empleo formal puede tardar años en recuperarse
Para ilustrar las dificultades de recuperar puestos formales después de una crisis, Horizonte Laboral analiza la evolución del empleo pesquero.
Según el informe, durante el primer semestre de 2019 el sector registraba un promedio mensual de 21,835 trabajadores formales privados. En el mismo periodo de 2026, la cifra alcanzó los 21,325 puestos, todavía 2.3% por debajo del nivel prepandemia.
El documento precisa que la recuperación no fue continua. El empleo formal pesquero aumentó en 2021 y 2022, pero volvió a disminuir durante 2023 y 2024, debido a sucesivos problemas que afectaron la actividad.
Aunque estas cifras no permiten atribuir la evolución del empleo a la suspensión perfecta, sí evidencian las dificultades para sostener la recuperación ante nuevos choques económicos. Esto resulta relevante frente a El Niño. Durante 2026, la producción pesquera registró caídas interanuales de 51.9% en junio, 27.4% en julio y 17.3% en agosto.
Asimismo, en julio el empleo formal privado del sector disminuyó 7.3% respecto del mismo mes del año anterior, mientras que el ingreso promedio de sus trabajadores se redujo 26.7%.
El informe recoge una estimación según la cual un escenario extremo de El Niño podría poner en riesgo hasta 78,000 empleos vinculados a la pesca y actividades conexas. Se trata de puestos potencialmente afectados, no de despidos ya registrados.
¿Los trabajadores podrían terminar en la informalidad?
Otro riesgo identificado por Horizonte Laboral es que los trabajadores suspendidos busquen otras fuentes de ingresos y terminen alejándose del empleo formal.
Esta posibilidad adquiere relevancia en un país donde la informalidad laboral alcanzó el 70.2% en 2025. En pesca, la proporción de trabajadores informales pasó de 79.4% en 2019 a 84.7% en el segundo trimestre de 2026.
No obstante, el documento aclara que estos indicadores no demuestran que los trabajadores suspendidos durante la pandemia hayan pasado directamente a la informalidad. Para establecerlo sería necesario seguir sus trayectorias laborales.
Ugarte explicó que, cuanto más tiempo permanezca un trabajador sin remuneraciones, mayor será la necesidad de buscar ingresos en otras actividades, especialmente donde predomina el empleo informal.
Sin embargo, también reconoció que la suspensión puede evitar el cierre de empresas que atraviesan dificultades temporales. Por ello, el desafío consiste en preservar tanto la continuidad empresarial como los puestos de trabajo.

Apoyo económico será determinante
El informe revisa experiencias internacionales que muestran que los mecanismos de suspensión temporal pueden contribuir a conservar empleos cuando están acompañados de medidas de protección de ingresos.
En Bélgica, una evaluación estimó que se preservaron 55 de cada 100 puestos cubiertos que, de otro modo, se habrían perdido durante la etapa más crítica de la pandemia.
En España, las empresas que accedieron a condiciones más favorables de protección temporal registraron una retención laboral aproximadamente tres puntos porcentuales superior a la de sus grupos de comparación.
Durante la pandemia, el Perú estableció una prestación económica de S/ 760 mensuales, hasta por tres meses, para determinados trabajadores comprendidos en la suspensión perfecta.
Ante una eventual nueva aplicación, Horizonte Laboral considera fundamental que el apoyo económico sea oportuno y suficiente para reducir el riesgo de que los trabajadores abandonen sus empleos formales.
Ugarte advirtió que, si el beneficio llega tarde o resulta insuficiente, los trabajadores podrían buscar ingresos en la informalidad, debilitando el objetivo de mantener el vínculo laboral.

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Abogado especialista encargado de Enfoque Legal en Diario Gestión - Actualmente, ocupa la posición de analista legal en el área de Economía en el Diario Gestión.






