En la víspera (martes), el Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería (Osinergmin) informó que había suspendido las operaciones de un terminal de la Refinería La Pampilla (Relapasa), operada por Repsol, tras un derrame de petróleo el último fin de semana. Aunque no ha establecido un plazo exacto, Pedro Chira, presidente de la Asociación Peruana de Profesionales de Hidrocarburos y Energía (APH) recomendó que las acciones sean rápidas para evitar un posible desabastecimiento de combustible en el mediano plazo.
Y es que hasta que no exista un cambio de matriz energética, el Perú “camina” gracias al petróleo y sus derivados como el combustible. Y, ¿de dónde se abastece? de siete refinerías que operan en el país, siendo la más importante la Relapasa, ubicada en Ventanilla, y que cuenta con una capacidad para operar 117,000 barriles por día (BPD); seguido muy atrás por la Refinería de Talara y Conchán.
Chira mencionó que la suspensión de uno de los terminales portuarios multiboyas -de los tres que hay en la refinería operada por Repsol- no tendrá mayor impacto en el mercado de combustibles en el corto plazo pues existe un stock de crudo almacenado que podría durar como mínimo dos semanas. Pero, “si no se levanta la suspensión (que evita que el combustible desembarque en esa zona), podría haber un problema en el mediano plazo, por eso se requiere que el trabajo de supervisión sea urgente”.
“Si se trata de un tema urgente debería hacerse el análisis de estos hechos (el derrame de petróleo) en el menor tiempo posible, pero muchas veces esto demora mucho más”, mencionó Chira.
El experto también exhortó a la empresa Repsol a emitir un informe detallado de cómo fue el procedimiento para controlar el vertimiento del crudo y la contención, así como el número de barriles derramados. A la fecha, la presidenta del Consejo de Ministros, Mirtha Vásquez, informó que se trataría de 6,000 barriles, y medios de comunicación reportan la contaminación de 180,000 metros cuadrados de mar.
Por su parte, Gustavo Navarro, experto en temas de hidrocarburos, indicó que desde hace casi diez años no se veía un derrame de petróleo igual en la costa del país. Mencionó que el incidente ambiental parte también de la falta de información oportuna sobre los oleajes anómalos que ocurrieron en el litoral el pasado 15 de enero.
Sin embargo, fue cauto al mencionar que es el capitán de la embarcación quien toma la decisión sobre las condiciones para proseguir con el desembarque del hidrocarburo. “Pero eso lo determinará el Osinergmin en su investigación”.
Sin embargo, descartó un posible desabastecimiento de combustible en el país por la suspensión de un solo terminal de Relapasa, pues existen los otros puntos de conexión.
De acuerdo a la información de Repsol, el terminal N° 2 -hoy suspendido- es un sistema de amarre de boyas convencionales (CBM) en alta mar constituido por cinco boyas de amarre equipadas con anzuelos pelícanos. Cuenta con un ducto submarino de 4.5 kilómetros utilizado para descargar petroleros con crudo mediante dos sartas de mangueras submarinas, listas para conectar al colector de carga del lado de babor del buque.
De acuerdo con el Reglamento de Terminales, las embarcaciones de más de 100,000 toneladas de peso muerto (T.M. SDWT), tendrán un tiempo límite para el abordaje de tres horas antes de la puesta del sol, en caso contrario la embarcación permanecerá fondeada hasta el amanecer, para maniobras de desamarre y navegación, a cualquier hora del día o de la noche.
Plazos de remediación
Según un comunicado del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (OEFA), emitido el 18 de enero, Relapasa tendrá los siguientes plazos para la remediación:
Hasta diez días naturales para limpiar las zonas afectadas por hidrocarburos, es decir, hasta el 28 de enero. Asimismo, hasta cinco días naturales para contener y recuperar los hidrocarburos, hasta el 23 de enero; y hasta ocho días para disponer de manera segura los residuos generados a partir de la limpieza del derrame, cuyo plazo vencería el 26 de enero.
El incumplimiento de las medidas administrativas dispuestas acarrea la imposición de multas coercitivas de hasta 100 UIT y de manera sucesiva hasta que la empresa acredite su cumplimiento. Estas multas coercitivas son independientes de aquellas multas que el OEFA pueda interponer en el marco de un procedimiento administrativo sancionador.