El Pleno del Congreso aprobó la modificación del Impuesto General a la Ventas del 18% al 8% para restaurantes y hoteles. Con 90 votos a favor y 14 en contra y 9 abstenciones se tomó la decisión por el cambio en el impuesto.
En una segunda votación algunos congresistas se abstuvieron debido a que surgió el conflicto de interés por contar con familiares con actividad en el rubro.
De acuerdo al texto sustitutorio, la nueva tasa del IGV para este tipo de establecimientos entrará en vigencia al mes siguiente de la promulgación, cuya vigencia será hasta el 31 de diciembre del 2024.
Esta medida ha presentado una oposición del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) al comentar que, “una tasa reducida del IGV distorsiona y dificulta su aplicación, hace más complicado el sistema tributario (al generar tres regímenes adicionales) e incentiva el “enanismo” empresarial y la informalidad”.
A inicios de junio, la Comisión de Economía del Congreso aprobó por mayoría el dictamen que busca establecer una tasa especial y temporal “denominada 8% del IGV para rescatar el empleo” para las micro y pequeñas empresas dedicadas a las actividades de restaurantes, hoteles, alojamientos turísticos, servicios de catering y concesionarios de alimentos (es decir, se reduciría desde 18%). Además establece la compensación automática del saldo del crédito fiscal del IGV acumulado.
Cuando se estaba debatiendo ese texto (que reunía los proyectos de ley 714 y 2148), el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) se había mostrado en contra, y tras ello, la cartera reitera su rechazo a esta propuesta.
El MEF sostuvo que la mayoría de empresas que son restaurantes y hoteles no son contribuyentes del IGV. Según estadísticas de Sunat, en el 2021 existían 114 mil contribuyentes en esos rubros, pero más del 50% estaban registrados en el RUS, régimen que no está afecto y no paga IGV.
Además, “la mayoría de restaurantes y hoteles tienen como clientes a la población local y no a turistas. Y a la fecha vendrían registrando niveles de facturación similares a los de prepandemia, lo que indicaría una recuperación del sector”.
Cabe recordar que en su momento, la Cámara Nacional de Turismo del Perú (Canatur) se había mostrado a favor de la intención de reducir -o hasta exonerar- del IGV su sector.
Crédito fiscal
El MEF explicó que el tratamiento tributario que los proyectos otorgarían al crédito fiscal del IGV, crearía incentivos a la facturación falsa, ya que daría a las facturas liquidez monetaria.
“Se estima que dicho proyecto tendría un costo fiscal de S/ 690 millones. Esta estimación no incorpora la cuantificación del incremento del fraude fiscal asociado a este proyecto”, argumentó en su cuenta de Twitter.
La claves
- Contexto. Los países de la región aplican a restaurantes la tasa general de Impuesto al Valor Agregado (IVA) como Argentina ( 21%), Chile ( 19%) o México ( 16%).
- Excepción. Colombia no aplica el IVA a restaurantes, sino el Impuesto Nacional al Consumo igual al 8% del valor de venta y no otorga derecho a crédito fiscal.