El dictamen aprobado en la Comisión de Trabajo y Seguridad Social  propone que trabajadores de exportación no tradicional pasen a plazo indeterminado.  Foto: Congreso.
El dictamen aprobado en la Comisión de Trabajo y Seguridad Social propone que trabajadores de exportación no tradicional pasen a plazo indeterminado. Foto: Congreso.

El proyecto de ley que deroga el régimen laboral de los trabajadores de la –aprobado por la Comisión de Trabajo y Seguridad Social del Congreso– aumentaría los costos labores de las pequeñas y medianas empresas del sector, generándoles importantes efectos negativos, advirtió la Sociedad de Comercio Exterior y Turismo del Perú ().

El gremio señaló que esta iniciativa ata a dichas empresas a contratos labores de plazos más extensos de los requeridos, sin considerar la estacionalidad de su actividad, la sensibilidad que tienen a la demanda internacional, ni los cambios en la productividad de sus negocios, características esenciales del sector no tradicional, como el agrícola, textil o pesquero.

Afirmó que “la aprobación final de este proyecto significaría un duro golpe para el sector exportador no tradicional”, el cual pasó de enviar al exterior US$ 5,285 millones en productos en el 2016, a exportar US$ 18,240 millones el año pasado, lo que refleja un crecimiento acumulado del 245% y un crecimiento promedio anual del 8% en dicho periodo.

“Este proyecto además afecta gravemente la libertad contractual y el libre mercado, motores de la productividad y competitividad de nuestro país. Por todos estos motivos, aprobarlo replicaría el error cometido por el Congreso con la derogación de la Ley de Promoción Agraria (Ley N° 27360) en diciembre de 2020″, sostuvo ComexPerú.

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Sobre este último punto, el gremio indicó que la derogación de la Ley de Promoción Agraria implicó la salida de la mayoría de los trabajadores del Régimen Laboral Agrario, lo que redujo el número de contratos en el sector en 77.3%. “Esto tiene sentido dado que el régimen general, al cual debieran haber pasado, supone costos laborales adicionales del 45.97%”, precisó.

Dicha decisión –refirió ComexPerú– significó la pérdida inmediata de 406,439 empleos formales. Con ello, los empleos formales bajo el régimen de promoción agraria pasaron de 506,355 en noviembre de 2020 a 99,916 en diciembre de 2020. Esta tendencia se mantuvo por los siguientes meses, hasta llegar a apenas 7,914 contratos asociados a junio de 2021.

“La derogación motivó la pérdida de beneficios laborales, se desincentivaron contrataciones y se evitó la consolidación de planillas formales de nuevos empleadores. Se agudizaron los elevados costos salariales. Hoy solo las grandes empresas pueden solventar estos gastos”, anotó el gremio.

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En esa línea refirió que las micro y pequeñas empresas formales fueron las más perjudicadas. De acuerdo con ComexPerú, a mediados del 2021, el nuevo régimen laboral del sector agrario gatilló manifestaciones de los productores, cuya situación empeoró debido al cambio.

“Por ello, aprobar el dictamen de la Comisión de Trabajo supondría cometer el mismo error: no considerar la estacionalidad de las cosechas. El régimen laboral del sector exportador no tradicional debe comprender su naturaleza estacional, ajustándose a sus necesidades y características especiales, siendo más flexible para aprovecharlas”, apuntó.

Añadió que derogarlo no resuelve los problemas de los trabajadores ni del sector, sino que solo implicaría un retroceso en su desarrollo, generando informalidad, pobreza y subdesarrollo.

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Dictamen aprobado

La Comisión de Trabajo y Seguridad Social aprobó el dictamen en mayoría que plantea modificar el régimen laboral de los trabajadores de la exportación no tradicional.

La propuesta tiene por objeto modificar el artículo 32 del Decreto Ley 22342 de la Ley de Promoción de Exportaciones  No Tradicionales, con el fin de incorporar a los trabajadores de la exportación no tradicional al régimen laboral del Decreto Legislativo 728, Ley de Productividad y Competitividad Laboral.

Señala que los trabajadores comprendidos en el ámbito de las exportaciones no tradicionales se rigen por el régimen laboral de la actividad privada previsto por el Decreto Legislativo 728, Ley de Productividad y Competitividad Laboral.

En sus disposiciones complementarias finales, señala que los trabajadores contratados bajo esta modalidad, que a la fecha de promulgación de la presente ley, acrediten tener 5 años de prestación de servicios continuos a una empresa del ámbito de dicho Decreto Ley, pasan a ser trabajadores con contrato de trabajo a plazo indeterminado de conformidad con el reglamento de la presente ley.

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Asimismo, los trabajadores que a la fecha de la promulgación de la presente ley tengan contrato vigente bajo la modalidad del artículo 32 Decreto Ley 22342, terminan su contrato de conformidad con los términos del mismo, no siendo posible la renovación bajo dicha modalidad contractual.

La fiscalización del cumplimiento de la presente ley está a cargo de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil).

Igualmente, señala que el Poder Ejecutivo implementará las medidas de fomento y capacitación a favor de las empresas bajo el ámbito del Decreto Ley 22342, Ley de Promoción de Exportaciones No Tradicionales, así como reglamenta la presente ley dentro de los 60 días calendarios de su entrada en vigor. La falta de reglamentación de alguna de sus disposiciones no es impedimento para su aplicación y exigencia.