Ante los incrementos en la tasa de interés de referencia dispuestos por el Banco Central de Reserva (BCR), la Asociación Peruana de Consumidores y Usuarios (Aspec) solicitó a la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) y al Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi) fiscalizar para prevenir la usura.
Desde agosto de 2021, el BCR ha ido elevando gradualmente la tasa de interés de referencia, por 18 meses consecutivos, la misma que pasó de 0.25% a 7.75% en enero último.
En ese sentido, al subir dicha tasa de referencia, se elevan los interés que aplican los bancos, cajas y financieras en los préstamos que ofrecen, es decir, es más caro para los consumidores endeudarse, apuntó Aspec.
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“Si bien la medida adoptada por el BCR busca atenuar las consecuencias de la inflación, lo cierto es que sus efectos se vienen reflejando desde hace varios meses en las tasas de interés de los créditos a empresas, tarjetas de crédito y préstamos hipotecarios”, refirió la asociación.
Agregó que prueba de ello es que la tasa de interés anual promedio de las tarjetas de crédito pasó del 49.75% en agosto de 2021 al 59.05% al 2 de febrero de este año, “lo cual implica un incremento de casi 10 puntos porcentuales. Lo mismo sucedió con las tasas de los créditos de consumo, que subieron de 39.94% a 49.30%”.
Frente a estas alzas tan notorias, la Asociación Peruana de Consumidores y Usuarios recordó que, con arreglo al Código de Protección y Defensa del Consumidor, los mencionados incrementos en las tasas de interés deben ser oportuna y adecuadamente informados a los consumidores por las entidades financieras a fin de que ellos decidan si les conviene o no mantenerse como clientes de las mismas o buscar en el mercado alternativas menos onerosas.
Igualmente, Aspec mencionó que el 17 de marzo de 2021, mediante Ley N° 31143, el Congreso aprobó la ley que protege de la usura a los consumidores de los servicios financieros.
“Dicha ley establece que, si bien las tasas de interés que cobran las empresas del sistema financiero se fijan libremente, ellas deben enmarcarse dentro de los límites que, de manera semestral, establezca el BCR en aplicación del artículo 52° de su Ley Orgánica. Ello debido a que la Ley N° 31143 busca proteger los intereses económicos de los consumidores, también tutelados por el citado Código, frente a diversos cobros abusivos del sistema financiero que incluso pueden calificados de usureros, más aún en momentos tan difíciles como los que vivimos actualmente”, acotó.
En esa línea, Aspec exhortó a las entidades del sector financiero a actuar con responsabilidad y que cumplan con su deber de informar sobre cualquier variación en sus tasas de interés y que las mismas no sean usureras. Igualmente pidió a la SBS y al Indecopi que monitoreen el mercado a fin de detectar incrementos ilegales y actuar en consecuencia.
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