Cuando un contribuyente obtiene la resolución de que aprueba su solicitud de devolución de impuestos (debido a que realizó pagos indebidos o en exceso) el cobro de este monto se realiza a través del Banco de la Nación.

El contribuyente debe llevar su DNI y el número de la Orden de Pago del Sistema Financiero (OPF).

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Pero en adelante, para dar un mayor nivel de seguridad sobre la identidad del contribuyente, el Gobierno dispuso la implementación de un tercer requisito: una clave de cobro vinculada a la OPF.

Esta clave de cobro será un mecanismo de seguridad individualizado por cada OPF, que consistirá en cuatro dígitos otorgados por la al solicitante que se le notifique sobre el monto de devolución, indica el decreto emitido hoy por el Ministerio de Economía.

"Facúltese a la Sunat a establecer la forma en que se otorga la clave de cobro", subraya la norma.

Asimismo, agrega que esta disposición entrará en vigencia luego de que la Sunat emita una resolución donde se establezca la forma en que se entregará la clave de cobro.

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