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¿Sabía usted que su tarjeta de crédito cuenta con pólizas que se activan en caso de contingencias? Gabriel Bustamante, presidente de la (Acuse), explicó a Gestión.pe que existen hasta dos seguros obligatorios que están atados a las tarjetas de crédito y a créditos solicitados en el sistema financiero.

El primero es el seguro de desgravamen, que se paga mensualmente al momento de acceder a un crédito vehicular, hipotecario, de consumo u otro producto, que se incluye en la cuota que mensualmente se paga por el crédito otorgado. Si bien este seguro no es obligatorio, la mayoría de bancos exige su contratación al momento de acceder a un préstamo.

Está tiene por propósito, en caso de la muerte o invalidez del titular de la , el saldo deudor se cancele directamente a través de la Compañía de Seguros al banco o entidad financiera. Quedando así los familiares libres de cargar con una deuda bancaria.

Otro tipo de seguro también obligatorio son los que contratan los bancos o financieras para proteger el bien material del crédito, es decir, la vivienda, el vehículo, los artefactos eléctricos o cualquier bien que se compró a crédito ante cualquier eventualidad como incendio, robo, caída, fenómenos de la naturaleza, entre otros.

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