Sabía que se puede contratar servicios de manera individual -tales como internet, TV por cable o telefonía fija- sin necesidad de pagar por otros adicionales. Matilde González, coordinadora legal de la Dirección de Atención y Protección del Usuario del Osiptel, recordó que las empresas operadoras pueden ofrecer sus servicios de forma individual o empaquetada (uno o dos o más servicios a una tarifa determinada o plan tarifario) y que será decisión del usuario escoger por un solo servicio o empaquetados (conocidos como dúos o tríos).
¿Qué pasa si la operadora le niega a un usuario contratar por un servicio de manera individual? La especialista del Osiptel explicó que la operadora de telefonía no puede negarse, ya que todo usuario tiene derecho a acceder al servicio que necesita y que crea conveniente. Además, que este hecho está prohibido por el regulador.
“Si eso pasa, el usuario puede presentar un reclamo si se le está impidiendo contratar de manera individual. Es decir solo por internet o por telefonía fijo o por TV de paga. Esta prohibido imponer cualquier venta atada. El operador está obligado a ofrecer los mismos servicios tanto de venta empaquetada como individual”, aseveró en la última edición de Gestión en Vivo.
El reclamo -agregó- tendrá que ser presentado en primera instancia a la empresa operadora. Si en primera instancia el usuario está en desacuerdo con la respuesta dada por la empresas operadora, puede presentar una apelación la que será analizada por el tribunal del Osiptel.
Añadió -respecto a la migración de plan tarifario- que si el servicio ha sido suspendido por falta de pago o deudas, la migración requerida no podrá hacerse efectiva. Aconsejó, igualmente, que en caso ya no se pueda pagar el plan tarifario por problemas económicos se debería solicitar su baja, para así evitar deudas. Esta solicitud no debe ser impedida.
“Si hay una deuda, está tiene que ser cobrada. Pero no se puede impedir a un usuario que dé de baja un plan tarifario”, puntualizó.
-Migración de plan tarifario-
En caso que el usuario desea dar de baja a un solo servicio de un plan tarifario empaquetado, es decir, salir de uno y quedarse con los otros (ya sea un dúo o trío), la especialista mencionó que se tiene que solicitar la migración de plan tarifario: de un plan tarifario de tres servicios empaquetados a un plan con solo dos servicios o uno, dependiendo de las necesidades del consumidor o de su familia.
“La solicitud de migración tampoco puede ser condicionada por la operadora. Hemos recibido algunas denuncias respecto que se estaría condicionando a que se dé de baja todo el paquete, cuando no es así. Solamente se tiene que presentar la solicitud de migración y la empresa está obligada a dar al usuario alternativas de los planes que tiene”, aclaró.
Es decir, si se va a migrar a un plan con dos servicios, por ejemplo, la empresa tiene que ofrecer planes con dos servicios para escoger, de este modo, el usuario podrá elegir el plan que más se amolde a sus necesidades. La especialista del Osiptel comentó que entre las denuncias que recibe por migración de servicio, se encuentra que algunas operadoras condicionan el migrar a otro plan con pagar por la instalación del servicio o servicios cuando no es necesario ya que los mismos están instalados.
¿Cuánto tiempo toma la migración de un servicio a otro? Al presentarse la solicitud de migración, la experta mencionó que está se tiene que hacer efectiva en el siguiente ciclo de facturación y -por lo tanto hacer- efectiva la migración.
-Precio adicional-
¿Qué pasa si la tarifa del servicio individual es elevado en relación al plan empaquetado? La representante del Osiptel dijo que está práctica está prohibida.
“El regulador identificó que no es viable que un servicio individual sea más caro en relación a un servicio empaquetado, ya que en la práctica se estaría coaccionando al usuario a comprar un servicio empaquetado que no lo necesita o requiere. Está prohibido”, subrayó.
Recordó que hace ocho años el regulador aprobó cambios al Reglamento General de Tarifas a través del cual se establece que las tarifas individuales de los servicios de telefonía fija, internet y televisión pagada, deben ser menores que los precios de los paquetes dúos y tríos que ofrecen las empresas operadoras al mercado.
En ese sentido, aconsejó presentar un reclamo en caso una empresa operadora ofrezca tarifas individuales más caras en relación a los paquetes dúos o tríos. “Si esta situación se llega a comprobar, a la empresa se le impondrá una sanción administrativa”. Ello implica la imposición de multas que puede llegar hasta los 350 UIT (S/ 1′610,000).
“Hemos recibido quejas y denuncias de usuarios, por lo que -desde la Dirección de Regulación- se está haciendo los monitoreos correspondientes para evitar estas prácticas”.
Nota
- El regulador mencionó que actualmente, desde el portal https://www.checatuplan.pe/ se puede conocer y comparar los diferentes planes tarifarios de todas las operadoras del mercado.
- En los contratos, la empresas operadoras están obligados a colocar respecto a los servicios que tiene el plan tarifario contratado. La funcionaria pidió a los usuarios exigir el contrato suscrito cuando se adquiere un servicio empaquetado o individual.
- Vea la entrevista completa en el siguiente enlace: https://www.facebook.com/Gestionpe/videos/602764001371440
-VIDEO RECOMENDADO-