Lo ha decidido y su próximo destino turístico será nuestro vecino del sur, Chile. Pero, ¿sabe si necesitará pasaporte o será posible que viaje solo con su DNI?
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Debido al Convenio de Supresión de Visas en Pasaportes Ordinarios adoptado entre ambos países, el 30 de enero de 1992, el ingreso de los peruanos a este país está permitido mostrando únicamente el DNI si es por razones de turismo, aunque también podrá hacerlo con su pasaporte si así lo desea.
Pero, los documentos de ingreso serán distintos si su viaje a Chile se hará por estudios o si será su próximo destino de trabajo.
VISA DE ESTUDIANTES
Esta visa es otorgada a los extranjeros que viajen a Chile para realizar estudios como alumno regular, en instituciones educativas del Estado o particulares oficialmente reconocidas. Pero, deberán acreditar que tienen una matrícula asegurada.
Con la visa de estudiante solo estará permitido realizar estudios, por lo que no podrá desarrollar otras actividades como trabajar, por ejemplo. Si bien, este documento es otorgado por un plazo máximo de un año, este se puede renovar hasta que se complete el plan curricular.
Solo en el caso de los becarios, según aclara el Departamento de Extranjería y Migración de Chile, la visa de estudiante se podrá otorgar por el plazo que dure la beca.
Para solicitar la visa de estudiante desde el extranjero, deberá hacerlo a través de los Servicios Consulares del Ministerio de Relaciones Exteriores de Chile. En el caso del Perú, el trámite deberá hacerse desde el Consulado General de Chile en Lima y deberá completar el formulario de solicitud de visa del Sistema de Atención Consular Ciudadanos.
Además de los certificados de matrícula, de antecedentes penales (apostillado o legalizado) y médico, deberá adjuntar una fotografía a color (tamaño pasaporte) y los documentos que acrediten solvencia económica para subsistir durante el período de sus estudios.
De ser aprobada la visa, deberá entregar en el Consulado el comprobante de pago y presentar su pasaporte vigente para estampar la visa. A partir de ese momento, contará con 90 días para ingresar a territorio chileno
VISA DE TRABAJO
En caso haya recibido una oferta laboral desde Chile, los trámites para la “visa de residente sujeta a contrato de trabajo titular” también tendrá que realizarlos en el consulado chileno en nuestro país. Este documento, que tiene una duración de máxima de dos años, permite que los extranjeros sean contratados por una empresa constituida legalmente en Chile, pudiendo renovarla por periodos de dos años adicionales.
Para tramitar el visado de trabajo deberá presentar el contrato de trabajo firmado por el empleador ante notario en Chile y legalizado por su Ministerio de Justicia y su Ministerio de Relaciones Exteriores. Posteriormente, dicho contrato deberá ser firmado por el trabajador ante el Consulado Chileno en Perú.
Para solicitarla también deberá completar el formulario de solicitud de visa del Sistema de Atención Consular Ciudadanos y presentar los documentos que le sean solicitados para tal fin.
Los familiares del trabajador contratado (padres, cónyuge e hijos de ambos o de uno de ello, acreditando vínculo mediante certificado de matrimonio, nacimiento u otro, según corresponda) podrán solicitar la “visa residente sujeto a contrato dependiente”, pero no podrán realizar actividades remuneradas.
VIAJES EN TIEMPOS DE PANDEMIA
Al igual que otros países, en Chile también todos han adoptado medidas sanitarias para evitar la propagación y contagio del COVID-19.
Y, el cierre de sus fronteras se ha extendido hasta el 30 de junio, por lo que solo podrán ingresar y salir del país los chilenos, extranjeros residentes y extranjeros no residentes que tengan motivos urgentes o calificados de carácter humanitario.
Para su salida del país, los chilenos y extranjeros residentes deberán realizar una solicitud extraordinaria de viaje al extranjero y tendrán que hacerlo a través de www.comisariavirtual.cl y no en Comisarías territoriales, mínimo con 72 horas de anticipación.
La revisión y validación de dicha solicitud estará a cargo de la Subsecretaría de Prevención del Delito y tardará un mínimo de 48 horas debido a que se jerarquiza de acuerdo a la fecha del viajante.
Tanto para ambos casos como para los extranjeros no residentes, además de la prueba negativa de COVID-19 (PCR) con 72 horas de anterioridad, los pasajeros serán sometidos a una prueba de PCR COVID-19 a su llegada y también tendrá que realizar cuarentena por 5 días en un hotel bajo su costo. Aunado a ello, deben contar con seguro médico que cubra COVID-19 (cobertura mínima de US$ 30,000) y se someterán a un “seguimiento de pasajeros” por 14 días o hasta que salga de Chile.