El marco legal para el registro registro de las casas de cambio y empresas de préstamo data del 2012, cuando se aprobó un decreto legislativo cuyo fin era hacer más eficaz la lucha contra el lavado de activos y otros delitos relacionados a la minería ilegal y el crimen organizado.
Una de las medidas establecidas en dicho marco fue la creación del registro, de caracter obligatorio, para empresas y personas que efectúan operaciones financieras o de cambio de moneda. La Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) quedó a cargo de dicho registro.
En febrero último, ese supervisor emitió una resolución concerniente a las mencionadas empresas, para adaptar la norma a los desafíos que impone el proceso de transformación digital en todas las actividades económicas. Así, se estableció que las empresas de préstamo y de cambio de moneda pueden operar, además del modo presencial, vía electrónica, mediante el uso de plataformas tecnológicas.
La nueva regulación, asimismo, determinó causales de cancelación de la inscripción en el referido registro.
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¿Cuándo la SBS puede cancelar el registro a casas de cambio y de préstamo?
De esta forma, a las empresas de préstamo o de cambio de moneda se les cancelará el registro cuando pierdan la condición de sujetos obligados a reportar operaciones sospechosas de lavado de activos, o cuando tengan el Registro Único del Contribuyente (RUC) en estado de baja definitiva.
Se les revocará también el registro cuando presenten información falsa al momento de inscribirse; utilicen un nombre, denominación social o plataforma tecnológica distinta a la declarada; realicen otras actividades para las cuales requieran la autorización de la SBS, sin tenerla, y cuando utilicen el logo de esa superintendencia para promover sus operaciones, o realicen anuncios acerca de que esta avala o garantiza sus actividades.
En tal sentido, la SBS indica que el nuevo reglamento se adapta a los tiempos actuales, en los que hay un mayor uso de la tecnología para realizar actividades comerciales, entre estas, las de préstamo de dinero y cambio de moneda extranjera, a partir del uso de los aplicativos.
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SBS niega que nueva norma busque formalizar el gota a gota
Por ello, sostiene que “no es correcto afirmar que la nueva norma busca formalizar a los préstamos ‘gota a gota’, pues quienes están detrás de esquemas de ese tipo son organizaciones criminales que operan al margen de la ley”.
En marzo, el presidente de la Federación de Cajas Municipales (Fepcmac), Jorge Solis, afirmó que las casas de empeño y/o préstamos proliferan alarmantemente, e incluso en muchos casos son el brazo legal del esquema delictivo ‘gota a gota’. Expresó su desacuerdo y preocupación por la resolución de la SBS que fija requisitos para la inscripción en el registro, su actualización y cancelación para las citadas empresas.
Además, el representante de las cajas advirtió sobre los riesgos asociados a la formalización de estas actividades, ya que se podría facilitar el acceso de los ciudadanos a préstamos de dudosa procedencia y a tasas de interés abusivas, lo que incrementaría la vulnerabilidad de la población frente a prácticas financieras riesgosas y a la criminalidad del ‘gota a gota’.
Sin embargo, la SBS enfatizó que el objetivo de la norma es regularizar y formalizar actividades que son muy arraigadas en el país, como el préstamo de dinero y de cambio de moneda, con el propósito de supervisarlas exclusivamente en materia de prevención de lavado de activos y financiamiento del terrorismo. Acotó que ello no las convierte en entidades bajo el ámbito de supervisión de la SBS, sino que están bajo su monitoreo en ese aspecto específico.
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