El registro de inventario permanente es un registro auxiliar de carácter mandatorio que recoge el movimiento de las existencias de una entidad.

El contribuyente que tenga ingresos entre 500 a 1,500 UIT deberá presentar el libro en unidades físicas, mientras que el contribuyente cuyos ingresos superen los 1,500 UIT deberá presentar un inventario valorizado.

Patricia Mariluz, gerente general del , explica los detalles de esta obligatoriedad.

Mira en el video (arriba) la edición n° 40 del programa del Grupo Siglo y . Repasa las ediciones anteriores de "Con las cuentas claras" .

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