Después de varios años de haber estado aportando al Sistema Privado de Pensiones (SNP) has tomado la decisión de querer pasarte al Sistema Nacional de Pensiones (SNP), pero aún no lo haces porque varias interrogantes circulan por tu mente.
¿No sabes qué hacer? No te preocupes, te explicamos todo lo que debes saber para pasarte de una AFP a la ONP. Pero primero debes tener en cuenta que a este procedimiento se le denomina Libre desafiliación del Sistema Privado de Pensiones (SPP) y retorno al Sistema Nacional de Pensiones (SNP).
Es el proceso mediante el cual un trabajador que estuvo en la ONP (o IPSS) y ahora está en una AFP retorna a la ONP. Si un empleado se desafilia dejará de pertenecer al SPP y pasará nuevamente al SNP.
El dinero acumulado en la cuenta individual deja de ser de propiedad del trabajador y es transferido de manera irreversible al fondo común de la ONP; excepto, los aportes voluntarios sin fin previsional que son devueltos al trabajador.
Si se desafilia de una AFP puede generar una deuda que el trabajador debe pagar a la ONP. Esto se debe a que los aportes mensuales que se hacen a la ONP son mayores que los hechos a la AFP; por tanto, si el monto transferido al fondo común no cubre toda la diferencia, el empleado debe pagar el saldo a la ONP.
Asimismo, si el trabajador cuenta con un Título de Bono de Reconocimiento emitido, este documento será devuelto a la ONP. Si cuenta con un Bono de Reconocimiento redimido en su cuenta individual, el monto del mismo, más la rentabilidad que hubiera generado, también serán devueltos íntegramente a la ONP.
Los que ingresaron a la ONP (o IPSS) hasta el 31 de diciembre de 1995 y al momento de solicitar la desafiliación cumplan con los años de aporte para recibir una pensión de jubilación en la ONP.
Los que al momento de afiliarse a la AFP cumplían con los requisitos para obtener una pensión de jubilación en la ONP.
Para obtener una pensión de jubilación en la ONP, se debe cumplir con alguno de los siguientes requisitos: tener al menos 65 años de edad y 20 años de aporte a la ONP (o IPSS); en el caso de jubilación anticipada, si es hombre, tener al menos 55 años de edad y 30 años de aporte a la ONP (o IPSS); si es mujer, tener al menos 50 años de edad y 25 años de aporte a la ONP (o IPSS).
Los afiliados que ya están recibiendo pensión en una AFP.
Los afiliados del SPP que se encuentran bajo el ámbito de la Ley N° 27617; es decir, que accedan a una pensión mínima o al Régimen de Jubilación Adelantada DL 19990 en la AFP.
Los afiliados que han solicitado la devolución del 95.5% de su cuenta individual de capitalización a la edad de jubilación no podrán solicitar la desafiliación.
La AFP solicita copia simple del DNI y solicitud de desafiliación, mientras que la ONP pide la copia de un recibo de agua o luz del domicilio del solicitante, documentos que demuestren el ingreso a la ONP hasta el 31 de diciembre de 1995 y documentación que sustente los aportes al Sistema Nacional de Pensiones, no reconocidos en el trámite de Bono.
Lo primero que debe hacer el afiliado es acercarse personalmente a la AFP a fin de recibir orientación general para rellenar la solicitud de desafiliación. Aquí recibirás información sobre los requisitos para acceder a la desafiliación, así como del procedimiento que deberás seguir.
Además, te indicarán que la suscripción de la solicitud de libre desafiliación informada y sus anexos involucra dejar sin efecto los trámites de traspaso, cambio de fondo, traslado, nulidad, multiafiliación, transferencias de fondos al exterior u otros que importen movimiento de la CIC, según lo establezca la Sociedad de Banca, Seguros y AFP (SBS).
Adicional a ello, te mencionarán que no será posible iniciar un trámite de Bono de Reconocimiento en tanto se encuentre en evaluación la solicitud de desafiliación.
La propia AFP, tras calcular la pensión respectiva, se encargará de enviar a la ONP un reporte de situación denominado RESIT-SPP, que contendrá información sobre la pensión estimada en el Sistema Privado de Pensiones y los periodos de aporte en el SPP.
Este reporte solamente podrá ser enviado una vez que el afiliado haya dado la conformidad a su contenido o haya vencido el plazo para que formule observaciones.
Para ello, la AFP deberá remitirle una copia de este reporte. Si el afiliado no estuviera de acuerdo, podrá solicitar su revisión, adjuntando las evidencias que respalden su pedido, en un plazo no mayor de quince días contados a partir de la recepción de la citada información.
Pero ¿cómo hará la AFP para estimar la pensión en el SPP, si es que un afiliado tiene derecho a un Bono de Reconocimiento y aún no tiene dicho Título de Bono? En este caso, la ONP proporcionará un valor estimado para el Bono de Reconocimiento
La ONP verificará los aportes efectuados por el afiliado al interior del SNP y, considerará los aportes al SPP, si fuera el caso, a fin de determinar si alcanza las condiciones que le permitirán desafiliarse.
Además, calcula la deuda del trabajador y estima la pensión en la ONP. Tras ello, la SBS emitirá la resolución de desafiliación o la resolución denegatoria, según el dictamen de la Oficina de Normalización Previsional.
Una vez que la SBS notifique a la AFP, esta última procederá a realizar lo siguiente: remitir una copia de la resolución de desafiliación a la ONP dentro de los cinco días de notificada esta y comunicar tal situación al afiliado, también dentro de cinco días siguientes a la recepción de la resolución de desafiliación del SPP para que informe a su empleador (si fuera dependiente) respecto de su nueva situación previsional.
Asimismo, deberá proceder con la transferencia de los recursos de la cuenta individual (CIC) a la ONP, diferenciando los aportes obligatorios, voluntarios y rentabilidad, así como los períodos y empleadores a los que corresponden; y finalmente, proceder a la devolución de los aportes voluntarios sin fin previsional al afiliado en un plazo máximo de 15 días de notificada la resolución de desafiliación. Todo el proceso demora aproximadamente tres meses.