Proteger nuestro patrimonio, debe de ser una de las preocupaciones que se vuelven en el común denominador de quienes poseemos un inmueble, sin importar si se trata de un terreno, de una casa o de un departamento.
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Para facilitar esa tarea, la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (Sunarp) cuenta con Alerta Registral, un servicio gratuito que alerta -mediante un correo electrónico o mensajes de texto (SMS)- si terceras personas quieren transferir su propiedad (incluso un vehículo) o derecho sin su consentimiento.
Tal como explican en la entidad registral, para afiliarse a Alerta Registral “solo es necesario ingresar al portal Sunarp/Alerta Registral desde cualquier dispositivo electrónico, brindar algunos datos generales y tener a la mano el número de la partida electrónica que corresponde a la propiedad, bien o derecho que se desee afiliar”.
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En crecimiento
De acuerdo con recientes cifras de la Sunarp, entre enero y octubre últimos se inscribieron un total de 99,753 partidas registrales, poco más de 328 partidas por día.
Con ello se confirma el interés de muchos peruanos por proteger sus propiedades, incluso dicha cifra es superior a las 97,132 partidas que se registraron en similar periodo del 2020, siendo Lima -con 7,048 partidas- la región que solo en el mes de octubre demandó mayores registros, seguida de lejos por Ucayali (798), La Libertad (473) y Junín (456).
Mientras que un año atrás el dinamismo de Lima y La Libertad era compartido por regiones como Arequipa, Ica y Áncash.
Paso paso ante una alerta
Pero, más allá del crecimiento que muestra el número de partidas que hoy forman parte de Alerta Registral, ¿qué hacer en caso reciba un correo electrónico o SMS alertándole sobre la posible transferencia de su propiedad sin su consentimiento? De acuerdo con las propias recomendaciones de la Sunarp, es importante que siga estos pasos:
1. Acuda inmediatamente a cualquiera de oficina o sede de la Sunarp.
2. Solicite una “lectura de título en trámite”. De esta manera “sabrá cuál es el acto que se está solicitando inscribir en la partida correspondiente a su bien (predio o vehículo) o en el Registro Personal, en caso se pretenda inscribir un supuesto poder en su nombre”.
3. En caso se trate de un acto de transferencia (compra/venta) o gravamen (hipoteca) en el que el titular no ha participado, es decir, si se trata de un título falso (falsificación documental o suplantación), el usuario deberá proceder de la siguiente manera:
i. Comunique a la Sunarp mediante un escrito dirigido al registrador que está calificando el título.
ii. Diríjase a la notaria de la cual proviene la escritura con el fin de alertar al notario del hecho y se pueda solicitar la “tacha del título”, impidiendo que se consume el delito.
iii. En caso el documento no provenga de una notaría sino de alguna autoridad administrativa, acuda a dicha institución con la finalidad de obtener una declaración y/o explicación sobre el hecho.
iv. En caso el título haya logrado inscribirse, acuda al notario para que se compruebe la falsedad del parte y se solicite la “anotación preventiva” por inscripción de instrumento presuntamente falso.
¿Si no es estafa?
Debido a que la “alerta” que recibe no informa sobre qué trámite se está realizando, es importante que revise con detenimiento el “título en trámite” para que pueda verificar el acto que se está realizando, ya que no siempre puede tratarse de una estafa .
En ese sentido, tras la lectura del “título en trámite”, podrá estar al frente de cualquiera de estos tres escenarios:
a. Si se trata de un acto en el que el titular ha participado o tiene conocimiento, se tratará de una alerta informativa en la que se le está informando del inicio de un trámite que el mismo titular ha iniciado o que se ha iniciado con su consentimiento.
b. Si se trata de un acto del que si bien, el titular no tenía conocimiento, pero no implica un acto ilegal debido a que se trata, por ejemplo, de un embargo por deuda, en este caso “a nivel registral no hay nada que hacer”.
c. Si se trata de un acto que está relacionado a otra partida que se refiere a un bien distinto al del titular (por errores de digitación, por ejemplo), el usuario de la alerta deberá solicitar, por escrito y a través de Trámite Documentario, que se rectifique la vinculación errada a su partida, lo que deberá ser realizado por el registrador.
Además, debe saber que Alerta Registral es un servicio que no genera costos a los usuarios y solo se suspende cuando el titular lo solicite o si, por error, brindó direcciones electrónicas incorrectas o inoperativas.