Cuando uno ingresa a la vida laboral es probable que en algún momento tenga que cumplir horas extras. ¿Qué significa esto?

El tiempo de trabajo previo a la hora ordinaria de ingreso o el posterior a la hora de salida constituye sobretiempo y, tiene un valor superior a la hora normal de trabajo.

En ese sentido, si uno supera la jornada laboral diaria, las dos primeras horas tienen una sobretasa de 25% y a partir de ahí, un 35%.

Aunque existe una alternativa legal que consiste en otorgar descanso pagado en compensación al sobretiempo, previo acuerdo escrito con el trabajador.

Pero, ¿sabe usted que estas horas extras pueden ser consideradas en el cálculo de los beneficios sociales como gratificaciones, CTS y utilidades?

“Es importante que las horas extras sean reconocidas y pagadas porque estas, al momento de hacerse regular en un período de 6 meses por lo menos en tres oportunidades, entran al cálculo de beneficios sociales”, explica Ana Cecilia Torres, especialista del ministerio de Trabajo.

Si hablamos de un período de 6 meses y en tres distintos se realizó horas extras, estas entran al cálculo.

Por ejemplo supongamos un período entre enero y junio; si en enero, marzo y abril se ha recibido el concepto de horas extras, se activa este mecanismo. En enero puede haber recibido un monto, y en los otros dos meses lo mismo: es ahí que el promedio de los montos percibidos ingresa al cálculo de los beneficios sociales.

“Si es que mi empleador no me está considerando este monto, se tendría que tener en cuenta en una deuda posterior”, especificó.

Asimismo, no se tienen que completar las 48 horas dentro de una semana para que las horas adicionales se consideren horas extras. Esto es debido a que ese tiempo se considera como máximo y no como un requisito.

Recuerde que las horas extras se dan en función a la jornada laboral diaria.