(Foto: USI)
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Diciembre está a la vuelta de la esquina y para los trabajadores del es sinónimo de dinero extra.

El Gobierno dictó hoy las disposiciones reglamentarias para la entrega del por Navidad para los trabajadores del Estado.

En primer lugar, el monto destinado asciende a S/ 300, según lo establece el Decreto Supremo Nº 280-2018-EF, publicado hoy en El Peruano.

Además, el depósito se realizará en la planilla de pagos del mes de diciembre de 2018.

Los requisitos para cobrar el aguinaldo, además de trabajar en el sector público, son dos. El primero, es haber estado trabajando (o de vacaciones) el 30 de noviembre. También incluye a quienes cuenten con licencia.

La segunda condición es tener una antigüedad en el servicio no menor a tres meses hasta el 30 de noviembre. En caso contrario, el aguinaldo se repartirá de manera proporcional.

Para quienes trabajen en jornada parcial o incompleta, el aguinaldo se repartirá de manera proporcional a su similar que labore a tiempo completo.

En el caso de los trabajadores del sector público bajo el régimen laboral de la actividad privada, ellos cobran gratificación en lugar de este pago.

El aguinaldo no constituye base de cálculo para el reajuste de cualquier tipo de remuneración, bonificación, beneficio o pensión.

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