SBS refuerza la autenticación del usuario para las operaciones realizadas por canales digitales.
SBS refuerza la autenticación del usuario para las operaciones realizadas por canales digitales.

La ha identificado una relación entre las necesidades de una mayor seguridad en la verificación de identidad del usuario y la prevención del riesgo de y financiamiento del terrorismo.

En esta línea, el regulador ha decidido modificar el Reglamento para la Gestión de la Seguridad de la Información y la , a fin de reforzar la autenticación del usuario para las operaciones realizadas por canales digitales y otorgar más alternativas respecto del cumplimiento de la generación del código único por operación.

Según su reciente resolución, el enrolamiento (registro) de un usuario en un requerirá, por lo menos, del usuario y tomar las medidas necesarias para reducir la posibilidad de suplantación de identidad, lo que incluye el uso de dos factores biométricos o el uso de dos factores de categorías diferentes e independientes.

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Asimismo, el proceso deberá contar con un control ante ataques de hombre en el medio, que puede incluir un código único generado mediante métodos criptográficos, a partir de los datos específicos de cada operación, el cual debe utilizarse por única vez.

¿Qué propone para los productos de las aseguradoras?

El regulador precisa la definición de los masivos como aquellas coberturas estandarizadas que no requieren de requisitos especiales de aseguramiento, es decir, no necesitan verificaciones previas en relación con las personas o bienes asegurables.

Con ello, es suficiente la simple aceptación del contratante o el asegurado para el consentimiento del seguro individual o seguro de grupal o colectivo, señala.

Asimismo, actualiza la lista de productos incluidos en el régimen simplificado de debida diligencia del conocimiento del cliente, entre los cuales incluye:

1. Seguros obligatorios.

2. Seguros contratados por personas naturales o jurídicas por cuenta y a favor de sus trabajadores.

3. Seguros de grupo o colectivo.

4. Seguros masivos.

5. Seguros escolares.

6. Seguros de accidentes personales y/o seguros de asistencia médica.

7. Seguros de gastos de sepelio.

8. Seguros previsionales y rentas vitalicias asociadas al .

9. , registrados como tales ante la Superintendencia.

10. Seguros de garantía extendida.

11. Seguros de vida, sin componente de ahorro o inversión.

12. Seguros de responsabilidad civil profesional.

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