ONP. (Foto: GEC)
ONP. (Foto: GEC)

En el marco de la implementación de la Ley N° 32123, la Oficina de Normalización Previsional (ONP) publicó el Reglamento Operativo de Traslados que regula los procedimientos y condiciones para el tránsito entre los afiliados del Sistema Nacional de Pensiones (SNP) y el .

Según lo establecido, a partir del 1 de junio de 2027, se iniciará el proceso de asesoría, recepción y atención de solicitudes de traslados para todos los afiliados.

ONP Retiro 100%: quiénes podrán retirarlo. Y en el caso de los afiliados activos: ¿cuánto podrán sacar?. (Foto: Andina)
ONP Retiro 100%: quiénes podrán retirarlo. Y en el caso de los afiliados activos: ¿cuánto podrán sacar?. (Foto: Andina)

Traslado digital

De acuerdo con el reglamento, las claves del proceso son:

  • Plataforma única: El trámite se realizará a través de la Plataforma de Afiliación Segura y Transparente (PAST), herramienta digital única que centraliza la afiliación y traslado entre regímenes.
  • Disponibilidad: El primer traspaso se podrá solicitar en cualquier momento a partir del 1 de junio de 2027. Para posteriores traslados el afiliado deberá permanecer por un período mínimo de 24 meses en el régimen en el que se encuentra.
  • Restricciones: Los pensionistas de jubilación e invalidez de ambos regímenes no pueden trasladarse, debido a que ya se encuentran percibiendo una pensión.

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