El FSD permite al ahorrista recuperar su dinero (incluidos los intereses ganados) hasta el monto máximo indicado, ante la posibilidad de quiebra de alguna de las entidades financieras aseguradas (Foto: USI).
El FSD permite al ahorrista recuperar su dinero (incluidos los intereses ganados) hasta el monto máximo indicado, ante la posibilidad de quiebra de alguna de las entidades financieras aseguradas (Foto: USI).

Por tercer trimestre consecutivo, la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) redujo el monto de cobertura del (FSD). El nuevo tope máximo de protección es de S/ 121,500, el cual tendrá vigencia entre junio y agosto del 2024.

El monto es inferior a los S/ 122,420 de cobertura del trimestre anterior. Y si se compara el monto de cobertura actual (S/ 121,500) con el del trimestre septiembre a noviembre 2023 (S/ 124,199), tras lo cual inició la tendencia a la baja, la disminución es aún mayor, de S/ 2,699

¿A qué se debió esta reducción?

Según la ley que constituyó el (Ley Nº 26702), el monto de cobertura se actualiza trimestralmente, en función al Índice de Precios al Por Mayor (IPM) que, con referencia a todo el país, publica mensualmente el Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI).

No obstante, habrían otros factores adicionales. Jorge Carrillo Acosta, profesor y experto en finanzas de Pacífico Business School, comentó a Gestión que otro criterio que incide en la baja del monto de cobertura del tiene que ver con el menor volumen de en el sistema registrado en el anterior periodo.

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¿Por qué es importante el FSD?

Dicho respaldo permite al ahorrista recuperar su (incluidos los intereses ganados) hasta el monto máximo indicado, ante la posibilidad de quiebra de alguna de las entidades financieras aseguradas, señaló Carrillo Acosta.

Cabe mencionar que este “seguro” es gratuito para los depositantes, es automático (no requiere inscripción previa) y aplica para cada entidad de forma independiente, es decir, una persona podría tener S/ 120,000 en un banco y S/ 120,000 en una caja, y estaría cubierto por el FSD en ambas instituciones.

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¿Qué entidades están cubiertas por el FSD?

A la fecha, existe un total de 41 instituciones financieras que cuentan con el activo:

16 bancos: BCP, BBVA, Scotiabank, Interbank, Falabella, Ripley, Mibanco, BanBif, Pichincha, GNB, Comercio, Alfin, Citibank, Santander, ICBC y Bank of China.

8 financieras: Crediscotia, Compartamos, Confianza, Oh!, Efectiva, Credinka, Proempresa y Qapaq

12 cajas municipales: Arequipa, Piura, Huancayo, Cusco, Sullana, Trujillo, Ica, Tacna, Maynas, Lima, Del Santa y Paita

5 cajas rurales: Cencosud Scotia, Los Andes, Prymera, Del Centro e Incasur

Por otro lado, si una nueva entidad financiera ingresa al Perú, no contará con esta cobertura hasta que cumpla 24 meses de aporte.

¿Las cooperativas están cubiertas por el FSD?

Las cooperativas de ahorro y crédito (Coopac) no se encuentran cubiertas por el FSD.

No obstante, estas entidades contarán con su propio “seguro”, llamado Fondo de Seguro de Depósitos Cooperativo (FSDC), cuyo monto máximo de cobertura será de S/ 10,000, pero que recién entrará en vigencia a inicios del 2025.

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