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El retiro de bienes en principio está gravado, es decir la transferencia gratuita de bienes muebles en operaciones de la empresa, como entrega de obsequios a las trabajadores, entrega de sorteos a los colaboradores de una empresa.

El tributarista Francisco Pantigoso explicó que en la ley del IGV, se especifican los retiros no gravados. “Sin embargo, la ley del IGV señala una serie de excepciones al gravamen con el IGV del retiro de bienes, por ejemplo el retiro de insumos, materias primas y bienes intermedios utilizados en la elaboración de los bienes que produce la empresa”, comentó.

Estos y otros detalles relacionados con el tema “Retiros No Gravados” son abordados por el catedrático de la UP:

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