En lo que va del año, la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías (Sutran) realizó un total de 5,895 intervenciones en la zona fronteriza de Tumbes al transporte internacional.
Durante esas diligencias se fiscalizó las condiciones técnicas de los vehículos, modificaciones de tanques de combustible y transporte local (cabotaje), el cual está prohibido por el marco de la Comunidad Andina (CAN) y el Acuerdo sobre Transporte Internacional Terrestre (ATIT).
Cabe precisar que esta labor se hace en coordinación con la Policía Nacional del Perú (PNP) y también en acciones articuladas con Osinergmin, Aduanas y el Ministerio Público.
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La Sutran, en el marco del ATIT infracciona a los vehículos que presenten el servicio de transporte local en el país de destino o de tránsito con una multa de US$ 4,000, al amparo del Acuerdo de Alcance Parcial sobre Transporte Internacional Terrestre: Segundo Protocolo Adicional sobre Infracciones y Sanciones.
Mientras que la CAN determina que efectuar transporte local en uno de los Países Miembros diferente a su país de origen se sanciona con la cancelación de la autorización, al amparo de la Decisión 467 y al remitente/generador de cargo/dador con 0.5% de 1 Unidad Impositiva Tributaria (UIT), de acuerdo con el Decreto Supremo 017-2009-MTC, que aprueba el Reglamento Nacional de Administración de Transporte.
Del mismo modo, la CAN y ATIT refieren que la fiscalización en materia de tránsito se realizará con la normativa interna del país, en función de ello la PNP fiscaliza la parte técnica operativa del vehículo como neumáticos, luces, láminas retroreflectivas, antiempotramiento, entre otras, así como la modificación de tanques de combustible con el código G.64, al amparo del Decreto Supremo 016-2009-MTC que aprueba el Reglamento Nacional de Tránsito.
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