Sara Espinoza, una ciudadana adulta mayor de 74 años, tuvo que esperar mucho para acceder a una pensión del Estado a través de un programa social. Por su parte, Armando Ramírez tiene dos problemas: no puede contraer matrimonio con su novia, con la que lleva una relación de más de diez años, ni reclamar una herencia. ¿Qué tienen en común ambos casos?: reportan errores en sus partidas de nacimiento.
Uno de los trámites más demandados en el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec) involucra al DNI. Sin embargo, otra diligencia solicitada en la institución es la rectificación de actas o partida de nacimiento, para subsanar algún tipo de error u omisión en los datos. Este último proceso se realiza de forma administrativa.
¿Qué es la rectificación de partida de nacimiento?
Jessica Huanca, abogada en Registros Civiles de la Subdirección Técnica Normativa de la Dirección de Registro Civil del Reniec, explica lo que conlleva el trámite de rectificación de acta o partida de nacimiento.
“La rectificación permite que mediante una resolución registral -debidamente motivada- se corrija un dato mal registrado o se incorpore un dato indebidamente omitido al momento del registro en la partida de nacimiento, a través de una anotación textual o magistral”, señaló a Gestión.
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¿Cuáles son los casos más reportados para rectificación de partida?
La funcionaria del Reniec, Jessica Huanca, detalló que generalmente las rectificaciones de partidas de nacimiento se dan cuando existen errores en los datos de los padres como los nombres y apellidos, omisión del segundo prenombre de los padres, lugar y fecha de nacimiento, entre otros datos dentro del acta.
“Por ejemplo, omitieron el segundo prenombre de la mamá del titular porque en su acta de nacimiento pusieron Sofía Salazar Pinedo, pero su mamá era Sofía Esther Salazar Pinedo, entonces, en este caso se puede solicitar una rectificación administrativa de partidas de nacimiento para lo cual tendría que presentar la partida de nacimiento de la mamá que acredite que su madre es Sofía Esther y no solo Sofía como está en la partida de nacimiento de la titular”.
“Otro ejemplo es cuando se lee Espinosa en mi partida con ‘s’, pero en la partida de mi padre es con ‘z’. Entonces, ahí para la rectificación de la partida de nacimiento, tengo que acreditar mi acta con la partida de mi papá, y entonces, una vez emitida la resolución del Reniec se hace la rectificación en mi partida donde figura mi apellido paterno, y donde aparece el apellido de mi papá”.
Un caso en que no procedería la rectificación de partida de nacimiento administrativa, es decir, a través del Reniec, se da cuando la partida de nacimiento del titular solo contiene un apellido (podría ser el caso de una madre soltera), y luego se reporta una rectificación hecha por un registrador civil de un municipio que se hizo de forma errónea. Para esta situación la vía sería judicial que tardaría unos 6 meses, y donde no interviene el Reniec.
¿Qué pasa si mi partida de nacimiento tiene errores y no hago la rectificación?
La persona no podrá:
- Recibir una pensión ni acceder a un programa social del Estado.
- Recibir una herencia: En este caso, fue en abril pasado que El Ejecutivo promulgó la Ley 31721, dada por el Congreso de la República, que simplifica el acceso a las herencias a través de la ampliación de facultades del Reniec y de los notarios públicos para rectificar errores en las partidas de nacimiento.
- Contraer matrimonio.
- Inscribirse en una institución educativa y la universidad.
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¿Quiénes pueden solicitar la rectificación de partida de nacimiento?
La rectificación de partida de nacimiento en el caso de mayor de edad -que son los casos más recurrentes- debe ser solicitada por la misma persona. En el caso de menores de edad, debe ser solicitada por su representante legal.
Para una persona mayor de edad con discapacidad que puede o no manifestar su voluntad, deberá ser solicitada por la persona designada como “apoyo”.
En caso la persona haya fallecido, la rectificación será solicitada por sus parientes hasta el cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad.
¿Qué tipos de rectificación existen?
La funcionaria del Reniec aclaró que hay tres tipos de rectificación de partida o acta de nacimiento que son: administrativa, notarial y judicial.
- Rectificación Administrativa: Este trámite lo realiza el Reniec.
- Rectificación notarial: El trámite se realiza ante un notario público cuando la rectificación tenga por objeto corregir los errores y omisiones del acta de nacimiento, que resulten evidentes, de acuerdo con la información de la propia partida o de otros documentos probatorios.
- Rectificación Judicial: En este caso el trámite se realiza mediante proceso no contencioso ante los juzgados de paz letrados del domicilio del solicitante, cuando no existen documentos a confrontar para verificar los datos correctos.
¿Cuándo se puede solicitar una rectificación administrativa ante el Reniec?
Se puede realizar la rectificación ante el Reniec en estos casos:
- Se da cuando se determina un error u omisión con la revisión de la propia partida de nacimiento o con la comparación entre esta y los documentos de sustento archivados en el registro civil, como el certificado de nacido vivo, escrito manualmente, que sirve en los casos de rectificación de prenombres.
- Se da cuando se comprueba error y omisión luego de revisar la inscripción del acta o partida de nacimiento y comparar con otra inscripción distinta, registrada con anterioridad a la inscripción del acta de nacimiento que se pretende rectificar, por ejemplo, la partida de nacimiento de la madre.
¿Cuánto es el costo por rectificación de partida de nacimiento en el Reniec?
El trámite de rectificación de partida de nacimiento, por la vía administrativa, o sea a través del Reniec es gratuito.
Sin embargo, hay casos de rectificación administrativa en el Reniec que implica la publicación de un edicto y eso tiene un costo.
También hay un costo cuando el ciudadano opta por la vía notarial y judicial, y no el Reniec. “En caso de rectificación notarial el ciudadano tendría que ir a una notaria para hacer la rectificación, pero eso ya es decisión del ciudadano y tiene un costo. En caso de vía judicial tiene que pagar por abogado o tiene que pagar tasas”, agregó la funcionaria de la institución.
¿Dónde realizo la rectificación de partida de nacimiento en el Reniec?
Si el ciudadano opta por la rectificación de partida de nacimiento vía administrativa tendría que acercarse a una oficina registral Reniec si su partida está contenida en la base de datos de la institución.
Aclaró que en caso la partida de nacimiento se encuentra en un centro poblado cuyo acervo documentario no está incorporado al Reniec, entonces la persona debe acudir a las Oficinas de los Registros del Estado Civil (OREC), que funcionan en las municipalidades provinciales y distritales, municipios de centros poblados y comunidades nativas.
¿Cuáles son los requisitos para pedir la rectificación de mi partida de nacimiento?
En el caso de la rectificación administrativa de partida de nacimiento que lo realiza el Reniec, los documentos a presentar para sustentar el trámite son:
- Partida que se pretende rectificar.
- Documento que sustente el dato a corregir: puede ser partidas de nacimiento de padres y certificado de nacido vivo.
- Documento Nacional de Identidad de solicitante.
- Si un tercero realizará la solicitud: carta poder.
¿Cuál es el plazo para que se resuelva la solicitud de rectificación?
El plazo para la rectificación administrativa de partida de nacimiento es 30 días y el trámite para resolver recurso de apelación, la norma es también 30 días.
“El registrador civil hace la calificación correspondiente y todo está dentro del marco legal y es ahí que se contrasta con los documentos presentados como sustento. El registrador civil realiza el edicto, se lo entrega al ciudadano para que la persona realice la publicación, y a partir de ahí hay un plazo de 15 días a efecto que cualquier persona que se encuentra afectada con esa rectificación pueda presentar una oposición”, mencionó la representante del Reniec.
“Si no hay oposición alguna dentro de ese plazo el registrador procede a emitir la resolución registral declarando procedente la rectificación, y en mérito de esa resolución registral que declara la rectificación administrativa, se procede a hacer la anotación en el acta textual o marginal”, agregó.
¿Al rectificar mi partida, se trata de hacer un nuevo documento?
No. “No se trata de una partida de nacimiento nueva sino en la misma partida hay un campo de anotaciones textuales o marginal. Generalmente aparecen en la parte de la reversa de la partida de nacimiento”, dijo Jessica Huanca.
¿El edicto siempre se solicitará cuando se hace la rectificación de partida?
No. Depende del caso, aclara el Reniec. “Por ejemplo, en el caso de lugar y fecha de nacimiento es en mérito al documento de sustento que le dio mérito a esa inscripción de esa acta. Una partida de nacimiento de inscribe en mérito a un certificado de nacido vivo o llamado certificado de nacimiento. Entonces, si registrador civil en el certificado médico ve que el médico confirmó que nací el 5 de junio de 2023; sin embargo el registrador civil de ese entonces al trasladar esa información en el acta (partida de nacimiento) consigan el 10 de junio de 2023, entonces, aquí hay un dato erróneo en esa partida de nacimiento”.
“Entonces, aquí se corrobora con el documento de sustento que es el certificado de nacimiento. Ahí también es la rectificación el trámite que se puede hacer. Y en este caso ya no se necesita una publicación de un edicto porque es un error atribuible al registrador civil que se encargó del llenado de la partida de nacimiento. Aquí el Reniec a través de un calificador advierte que hay un error y emite la resolución registral declarando procedente la rectificación administrativa y se hace la anotación en el acta o partida”, explicó la abogada Huanca.
¿Rectificación de partida es igual que cambio en el acta?
No. El Reniec explicó que en la vía administrativa no se puede realizar cambio de nombre. “Si en mi partida de nacimiento me han colocado Jesica o no me gusta y quiero ser Sofía, eso no puedo hacerlo vía administrativa, a través del Reniec, porque no hay error del registrador y porque ese es el nombre que eligieron mis padres. Si no me gusta el nombre o prenombre entonces tengo que hacer un tramite vía judicial porque así lo establece el Código Civil”, aclaró.