El sistema integrado de registros electrónico (SIRE) se deberá utilizar a partir del periodo tributario de octubre que se declara en el mes de noviembre (Foto: Sunat)
El sistema integrado de registros electrónico (SIRE) se deberá utilizar a partir del periodo tributario de octubre que se declara en el mes de noviembre (Foto: Sunat)

El Sistema Integrado de Registros Electrónicos (SIRE) es una nueva herramienta 100% digital mediante la cual, a partir de la información de los comprobantes de pago electrónicos, la propondrá los registros de compras y ventas a los , quienes deberán confirmarlos o modificarlos, facilitando así el cumplimiento de sus obligaciones tributarias.

¿Cuáles son los beneficios del SIRE?

Este nuevo servicio de la Administración Tributaria facilita el llevado los registros de compras y ventas, reduciendo los gastos de almacenamiento y conservación, así como los errores en la información.

Asimismo, contribuye a la gestión de la empresa proporcionando reportes sobre las actividades comerciales (compras y ventas), principales proveedores y clientes, lo que permitirá tomar mejores decisiones para el negocio.

LEA TAMBIÉN: Empresas “confiables” realizaron comercio exterior por más de US$ 24,000 millones
LEA TAMBIÉN: Sunat: Rendimiento de fiscalización del IGV se incrementó en 67% en el 2022

El sistema envía alertas preventivas sobre posibles errores a fin de que puedan subsanarse oportunamente.

A través del SIRE los contribuyentes podrán acceder a su información “en línea”, las 24 horas del día y sin ninguna restricción.

¿Cuál es la vigencia del nuevo servicio?

De acuerdo con lo establecido en la Resolución de Superintendencia N° 000204-2023/SUNAT, publicada hoy en el diario oficial, el uso del nuevo servicio será progresivo y tendrá dos fases:

  • A partir del periodo octubre 2023 que se declara en noviembre, para los del Régimen Especial del Impuesto a la Renta (RER) o Régimen MYPE Tributario, que actualmente llevan sus registros de compras y ventas de manera electrónica.
  • A partir del periodo enero 2024 que se declara en febrero, para los demás contribuyentes obligados a llevar registros de compras y ventas.

Para más información, puede visitar el portal especializado o comunicarse con la Central de Consultas Telefónicas al 0-801-12-100 o 315-0730 de lunes a viernes de 8:30 a.m. a 6:00 p.m.

Disfruta tus descuentos del Club de Suscriptores cuantas veces quieras gracias a tu suscripción a Gestión. Más de 300 promociones esperan por ti, descúbrelas AQUÍ. Y si aún no eres suscriptor, adquiere tu plan AQUÍ.

Estimado(a) lector(a)

En Gestión, valoramos profundamente la labor periodística que realizamos para mantenerlos informados. Por ello, les recordamos que no está permitido, reproducir, comercializar, distribuir, copiar total o parcialmente los contenidos que publicamos en nuestra web, sin autorizacion previa y expresa de Empresa Editora El Comercio S.A.

En su lugar, los invitamos a compartir el enlace de nuestras publicaciones, para que más personas puedan acceder a información veraz y de calidad directamente desde nuestra fuente oficial.

Asimismo, pueden suscribirse y disfrutar de todo el contenido exclusivo que elaboramos para Uds.

Gracias por ayudarnos a proteger y valorar este esfuerzo.