(Foto: Difusión)
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El analista político y exministro del Interior, Fernando Rospigliosi, afirmó que el Gobierno estaría trabajando en la emisión de un decreto de urgencia que buscaría eliminar la posibilidad de portar armas de fuego para defensa personal, pese a contar con licencia exigida por ley.

Actualmente el reglamento de la Ley 30299, de armas de fuego, municiones, explosivos, productos pirotécnicos y materiales relacionados de uso civil –en su artículo 16– establece que “todos los usuarios que tengan licencia para los fines de defensa personal y seguridad privada deberán portar sus armas de fuego dentro de una funda para su inmediato, pudiendo portarla con el cargador abastecido”.

En opinión de Rospigliosi, lo que intentaría hacer el Ejecutivo es restringir el uso de las armas de fuego –de aquellas persona que obtuvieron licencia para fines de defensa personal– a su casa o su centro de trabajo.

“El Gobierno lo que pretende es prácticamente prohibir el porte de armas a los civiles, sin ninguna justificación ni razón. No hay motivo ni tampoco urgencia, además no está capacitado para cambiar las leyes a su gusto y en este caso, si es que el Ejecutivo quiere efectuar cambios a la Ley 30299, lo tendría que hacer cuando se instale el nuevo Congreso el próximo año", arguyó en diálogo con

En ese contexto, dijo que si la intención de esta medida es luchar contra la inseguridad ciudadana, no tendría ‘sentido’ una medida de este tipo, tomando en cuenta que los delincuentes se surten del mercado negro e informal. “Los delincuentes se abastecen de armas de contrabando, de la policía y de los militares que le alquilan o venden. En lugar de controlar ello, lo que pretendería hacer la administración actual es prohibir su uso a civiles –con autorización– dejándolos indefensos”, precisó.

El DU que estaría trabajando el Ejecutivo también restringiría el número de armas de fuego y la cantidad de municiones que se podrá adquirir al año. Según el artículo 19 de la actual norma “el número de armas permitido para defensa personal es de hasta un máximo de dos armas por cada persona. Excepcionalmente se podrá conceder hasta tres armas si la circunstancia lo amerita”.

Los civiles solo podrán tener un arma para defensa personal según plantea el decreto de urgencia. Si aparece un nuevo modelo de arma o si alguien tiene un revolver y desea adquirir también una pistola, no podría hacerlo de publicarse mañana, por ejemplo, el decreto”, afirmó. Respecto a las municiones, el DU anota que solo se podría adquirir 100 municiones al año, cuando la Ley 30299 –en su articulo 21– establece que en el caso de armas de fuego bajo la modalidad de defensa personal, el límite máximo permitido de adquisición mensual, no acumulativa de municiones, es de 600 cartuchos por cada arma corta al mes, con lo cual se está habilitado de portar 60 municiones (4 cargadores).

Otra restricción estaría relacionado al tipo de arma autorizadas para defensa personal. Actualmente, la ley permite que sean armas de fuego cortas, con excepción de las de calibre, cadencia y potencia de uso militar. Excepcionalmente –indicar el marco vigente– se autoriza armas largas para defensa personal, distintas a las de calibre, cadencia y potencia de uso militar. El DU prohibiría a los civiles las armas de uso militar y policial y todos los calibres superiores a 380. Con lo cual solo se podría utilizar armas de pequeño calibre.

-Respuesta del Mininter e impacto-

Desde el Ministerio del Interior, específicamente la gerencia de imagen, anotó que “no habrá un pronunciamiento (oficial) sobre sobre algo que todavía no existe”.

Por su parte, el vicepresidente de la Asociación Peruana de Propietarios Legales de Armas de Fuego, Tomás Saldía, dijo a que de emitirse el citado decreto de urgencia su organización presentaría una demanda de inconstitucionalidad ya que estaría desprotegiéndose a los civiles con autorización para portar armas, en cualquier momento.

“Para nosotros es inconstitucional, por lo que vamos a tratar de impugnarla una vez que sea emitida. Con esta norma se buscaría el desarme, ya que a los únicos que afecta son a los usuarios legales, mientras que los ilegales lo portan en cualquier momento. Esta es una propuesta que viene de la Naciones Unidas y nos da mucha pena que tengamos que volver a salir a las calles para luchar por nuestros derechos”, acotó.

En ese sentido, el especialista dijo que una preocupación –de emitirse el DU– será sobre quien recaerá la fiscalización y que pasará con todos los civiles que tienen autorización vigente. En el caso del primero, consideró que debería recaer en manos de la Sucamec, a la que deberán de dotarla de mayor presupuesto y personal. Sobre el segundo, precisó que posiblemente –de publicarse el DU– no sería retroactiva, por lo que no debería afectar a las civiles con autorización.

-Cifras-

  • A la fecha 3,559 (59.1%) son para seguridad privada; 549 para caza; 216 para deporte; 15 para colección; 23 de los trabajadores penitenciarios y 263 para uso de escoltas, de acuerdo a cifras de la Sucamec.
  • Al 30 de junio, la Sucamec ha emitido 8,855 tarjetas de propiedad –que son documentos que conceden la propiedad de un arma de fuego– de los cuales 4,103 se han emitido a personas naturales; 1,564 a personas jurídicas; 2,666 a policías; 185 al Ejército; 224 a la Marina de Guerra; 83 a la Fuerza Aérea y 30 a extranjeros.