Instituciones puede colocar la bandera con el escudo, pero las viviendas no (Foto: Perú Travel)
Instituciones puede colocar la bandera con el escudo, pero las viviendas no (Foto: Perú Travel)

El y, con motivo de las , las calles se visten de rojo y banco. Las instituciones públicas y privadas, así como establecimientos comerciales y viviendas ondean la bandera peruana como acto cívico. ¿Sabes qué pasa si no colocas la bandera en la casa o edificio donde vives?

Colocar la bandera y mejorar la fachada es una tradición que se ha venido dando al largo de los años y, por ello, en el mes de julio prolifera la venta de la bicolor, así como de las escarapelas, cuyo uso en el pecho es una tradición. Pero, ¿qué pasa si no cumples con la ordenanza de tu municipio que obliga el embanderamiento? Aquí te contamos.

¿QUÉ DISPONEN LOS MUNICIPIOS POR LAS FIESTAS PATRIAS?

Desde el 1 de julio de 2022, varios municipios distritales y provinciales han venido publicando ordenanzas sobre el embanderamiento con motivo de las Fiestas Patrias. Los primeros que publicaron esta iniciativa en Lima fueron las comunas de Magdalena del Mar, Punta Negra y San Isidro, que luego fueron seguidas por Miraflores, Lince, La Victoria, San Bartolo, Surquillo, La Perla, Jesús María, San Juan de Miraflores, Santa María del Mar, Cieneguilla, Pachacamác, Lurigancho Chosica, así como Cerro Azul, Barranca, San Vicente de Cañete y Supe, entre otros. Apelan al espíritu patriótico que existe en cada hogar y determinan:

  • Disponer el embanderamiento general del distrito hasta el 31 de julio como acto cívico.
  • Las banderas y pabellones nacionales a izar deben estar en buen estado de conservación como muestra de respeto a los símbolos patrios.
  • Los vecinos del distrito procedan a limpiar las fachadas, techos y establecimientos comerciales con motivo de los actos celebratorios.
Locales comerciales también deben embanderar sus fachadas
 (Foto: Agencia Andina)
Locales comerciales también deben embanderar sus fachadas (Foto: Agencia Andina)

¿QUÉ PASA SI NO COLOCO LA BANDERA DEL PERÚ EN MI CASA?

No izar la bandera es considerado como una falta de civismo y algunos municipios sancionan no acatar la ordenanza oficial y obligatoria. Estas son las multas:

  • Los inmuebles que no tengan en su fachada la bandera peruana, deberán pagar el 10% de la Unidad Impositiva Tributaria, es decir, 460 soles.
  • Si la bandera luce deteriorada, sucia o en mal estado, como rota, la sanción es del 50% de una UIT, es decir: S/2,300.

¿CÓMO DEBE SER LA BANDERA QUE COLOQUE EN LA FACHADA DE MI CASA?

Debes tener en consideración estas recomendaciones, si vas a izar tu bandera en la fachada de tu casa o edificio:

  • Las banderas deben usarse sin escudo.
  • Solo las instituciones públicas pueden emplear el pabellón nacional con el escudo en el centro y deberá ser puesta obligatoriamente los días 27, 28, 29 y 30 de julio.
  • La bandera debe estar en buen estado y limpia.