Vladimir Cerrón tiene una sentencia de cuatro años de prisión suspendida e inhabilitación por negociación incompatible. (Foto: archivo GEC)
Vladimir Cerrón tiene una sentencia de cuatro años de prisión suspendida e inhabilitación por negociación incompatible. (Foto: archivo GEC)

El Tribunal Constitucional (TC) rechazó el pedido que presentó la defensa legal de Vladimir Cerrón que pretendía que se vuelvan a pronunciar sobre la posibilidad de anular la sentencia en su contra por el delito de negociación incompatible.

En su resolución publicada en su portal web, el tribunal declaró improcedente el recurso de reposición que había planteado el abogado de Cerrón, Luis Miguel Huayhua Quispe, al entenderlo como una solicitud de aclaración de la decisión que emitieron a mediados de julio.

En su pedido, la defensa legal de Cerrón alegó que el TC sentenció su pedido un día antes que entrara en vigencia le nuevo Código Procesal Constitucional que elimina el “rechazo liminar” y establece el derecho “a ser oído”.

También habían criticado al señalar que la resolución carecía de motivación suficiente, como en los casos de Keiko Fujimori y Ollanta Humala al declarar inadmisible su pedido para anular la condena por actos ilícitos cometidos durante su gestión como gobernador regional de Junín.

En respuesta a estos cuestionamientos, el TC evaluó que el 22 de julio, fecha en que se pronunciaron, estaba vigente la ley 28237 que indica que no caben impugnaciones contra sentencias del tribunal, algo que también es mencionado en el nuevo Código Procesal Constitucional.

Vladimir Cerrón había pedido que el TC vuelva a evaluar su pedido de nulidad de sentencia.
Vladimir Cerrón había pedido que el TC vuelva a evaluar su pedido de nulidad de sentencia.


“En consecuencia, dicho recurso debe ser desestimado, en tanto pretende cuestionar la sentencia interlocutoria que resolvió el recurso de agravio constitucional”, señala la resolución.

El documento lleva las firmas de los magistrados Marianella Ledesma (en reemplazo del fallecido Carlos Ramos Núñez), Eloy Espinosa-Saldaña y José Luis Sardón (ponente).