Alejandro Toledo. (Foto: BBC)
Alejandro Toledo. (Foto: BBC)

El dispuso que el Instituto Nacional Penitenciario se pronuncie y resuelva en un plazo máximo de cinco días sobre la solicitud del expresidente para ser atendido en una clínica particular, por haberse vulnerado sus derechos a la salud e integridad personal, y a la debida motivación de los actos administrativos.

La sentencia recaída en el expediente N° 04184-2023-PHC/TC, declara fundada en parte la demanda de habeas corpus presentada por el expresidente, y nulas las notificaciones 003-2023-INPE/ORL-EP-BBD/D, que indicaban que la atención se realizará en EsSalud, conforme a su seguro de salud vigente y según programación; y la 004-2023-INPE/ORL-EP-BBD/D, que deniega la solicitud de Toledo de ser atendido de forma externa en la clínica San Pablo, en Surco.

Detalla que la negativa de la administración penitenciaria no se encuentra debidamente respaldada en argumentos fácticos y jurídicos que permitan justificarla, ante la solicitud del exmandatario para recibir atención multidisciplinaria, que comprende exámenes auxiliares, que no han podido realizarse en los hospitales de EsSalud, de acuerdo al diagnóstico del médico legista y la de un médico particular.

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Asimismo, declara improcedente la demanda a ser trasladado a la clínica particular San Pablo con sede en el distrito de Santiago de Surco, Lima, porque es una decisión que corresponde decidir al , en el marco de sus competencias y luego de analizar la situación particular de Toledo Manrique.

En los fundamentos de la sentencia el TC precisa que existen otras situaciones en las que el INPE ha aceptado no solo el traslado, sino también el tratamiento de reclusos en centros de salud privados, cuando las razones lo han justificado.

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El dispuso que el Instituto Nacional Penitenciario (INPE) se pronuncie y resuelva en un plazo máximo de cinco días sobre la solicitud del expresidente Alejandro Toledo Manrique, para que, a su propio costo, sea atendido en una clínica particular, por haberse vulnerado sus derechos a la salud e integridad personal, y a la debida motivación de los actos administrativos.

Toledo Manrique, quien se encuentra recluido en el penal Barbadillo desde abril del 2023, había solicitado atención médica particular a su propio costo.

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