En marzo la comisión de Educación Juventud y Deporte del Congreso de la República del Perú aprobó, por mayoría, un dictamen que tiene como finalidad modificar diversos artículos del estatuto de la Derrama Magisterial, que según su presidente José María Balcázar (Perú Bicentenario) tiene por objetivo democratizar sus órganos de gobierno, control y disponer la libre afiliación.
Hace dos años el gobierno de Pedro Castillo intento también cambiar de manera fallida el estatuto de la institución. La acción se detuvo tras las protestas de distintos sectores al considerar que significaba un atentado contra la autonomía de dicha institución.
Lucio Castro, secretario general del Sutep, dijo que aguarda que el documento sea evaluado bien en la comisión de Educación y en dicho tránsito " la razón y la legalidad impere”.
Además, consideró que la iniciativa legislativa impulsada por el Bloque Magisterial debe pasar por la comisión de Constitución que innegablemente establecerá de que hay una ilegalidad y una acción de violentar la Carta Magna.
“Todo es fruto de una acción perversa, de un ánimo destructor de la gente de Bloque Magisterial, que no pierde la oportunidad para llevar adelante objetivos perversos. Siempre han buscado la destrucción de la Derrama Magisterial y se valen también de muchos congresistas desinformados a los que nosotros le pedimos que se informen“ expresó a gestion.pe
Añadió que no se ha conversado con los actores vinculados al tema como el ministerio de Educación, la Superintendencia de Banca y Seguros, el Colegio de Abogados, el mismo Sutep.
Recordó que se está esgrimiendo los mismow argumentos que ya fueron materia de un proceso judicial y en el que se estableció que es inconstitucional y la posibilidad de variar el estatuto corresponde solo a los órganos de la Derrama Magisterial. El artículo 62 de la Constitución establece la libertad de contratación y el contrato de afiliación es de manera voluntaria y consciente con Derrama Magisterial.
A eso se suma que la persona jurídica de derecho privado es una institución privada y sobre eso no puede legislar el Estado. “Bajo un argumento aparente de democratización al final encubre el deseo de meter las manos a un patrimonio que es de los maestros”, anotó.
¿Qué acciones emprenderá el Sutep?
Castro señaló que emprenderán la tarea de desarrollar información y exigir el imperio de la ley, el respeto a la Constitución. Además se desarrollarán movilizaciones al Congreso de la República.
Del mismo modo se incorporará el caso de la Derrama Magisterial como un punto en su plataforma de lucha. Recordó que el 5 y 6 de abril llevarán adelante la Asamblea Nacional para decidir si realizarán una huelga nacional indefinida, dado que el Gobierno no cumplió con el convenio colectivo acordado entre los trabajadores y el Ministerio de Educación (Minedu).
¿Qué plantea el dictamen?
El dictamen sustentado por Balcazar reúne los proyectos de ley 0335/2021-CR, 0461/2021-CR, 1083/2021-CR, 1095/2021-CR, 1295/2021-CR, 1940/2021-CR, 2077/2021- CR, 3373/2022-CR, 4349/2022-CR y 7261/2023-CR.
LEA TAMBIÉN: Convención nacional del Sutep eligió a sus representantes a la Derrama Magisterial
Según el documento que leyó Balcazar se procederá a derogar os artículos 5, 6 y 7 literal d), 11, 12 y 21 22, 51° del Decreto Supremo 021-88-ED.
Estipula que la elección del directorio se hará mediante elecciones con voto universal, libre, directo y secreto entre los docentes asociados de las instituciones educativas de Educación Básica Regular e institutos superiores del Sistema Educativo asociados, con asistencia técnica del Registro Nacional de Identificación del Estado (Renierc) y de la Oficina Nacional de Procesos Electorales (Onpe).
Actualmente la elección se realiza a través de comités y finalmente en un convención nacional. Además se trata de representantes del Sindicato Unitario de los Trabajadores en la Educación del Perú (Sutep) y del Sindicato de Docentes de Educación Superior del Perú (SIDESP).
LEA TAMBIÉN: Comisión de Constitución aprobó suspender por dos años el Decreto Supremo que modifica el Estatuto de la Derrama Magisterial
En el dictamen se aumenta la composición de su directorio de seis a 10 miembros. Se propone que ocho sean docentes asociados representantes de la educación básica regular y dos docentes asociados representantes de institutos superiores, entre otros aspectos.
De acuerdo a la norma vigente el directorio de la Derrama Magisterial está constituido por seis miembros: cuatro representantes del Sindicato Unitario de los Trabajadores en la Educación del Perú (Sutep), uno del Sindicato de Docentes de Educación Superior del Perú (SIDESP) y un (1) representante del Ministerio de Educación.
¿Qué pretendió realizar Pedro Castillo con la Derrama Magisterial?
El Gobierno de Pedro Castillo publicó en julio 2022 el Decreto Supremo N° 009-2022-Minedu que modificaba el Estatuto de la Derrama Magisterial a fin de habilitar la elección de su directorio y principales autoridades a través del voto de docentes y maestros de todo el Perú.
Actualmente el directorio lo conforman seis miembros, de los cuales cuatro son designados directamente por el Sutep. El directorio está constituido por cuatro representantes del Sutep, uno del Sindicato de Docentes de Educación Superior del Perú y un representante del Ministerio de Educación.
LEA TAMBIÉN: Librerías Crisol apostará por nueva categoría ¿de qué se trata?
Con el cambio se elevaba a trece el número de miembros, pero el Sutep ya no tendría representantes directos, sino que se podía elegir a cualquier docente asociado a la Derrama Magisterial.
Además, se establecía que el directorio lo conformarán siete asociados que presten servicios como docentes en instituciones educativas de educación básica, dos asociados que presten servicios como docentes en instituciones educativas de educación superior, un asociado que preste servicio como docente en un Centro de Educación Técnico- Productiva (CETPRO), dos asociados que presten servicios como auxiliares en instituciones educativas y un representante del Ministerio de Educación, entre otros cambios.
Al respecto la Confiep sostuvo que ello atentaba contra el derecho privado y fondo de los maestros. “El Gobierno no tiene potestad para legislar con intromisión directa sobre la autonomía de una entidad privada ni modificar el estatuto de una persona jurídica de derecho privado. Esto no solo conlleva una vulneración de los derechos fundamentales, sino también constituye una grave contravención a la Constitución Política del país y un gravísimo precedente para el sector privado en su conjunto”, precisó.