La Procuraduría enfatizó que la falta de notificación ha afectado el derecho de defensa del Estado y vulnera el debido proceso.
La Procuraduría enfatizó que la falta de notificación ha afectado el derecho de defensa del Estado y vulnera el debido proceso.

La Procuraduría Ad Hoc para el caso señaló que la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema debería anular la sentencia de casación que excluyó a Luis Peschiera Rubini quien fue abogado del estudio Delmar Ugarte, de las investigaciones por el denominado caso “ II”.

De acuerdo con la Procuraduría, el pedido se debe a que el trámite de dicho recurso y la sentencia de casación no les fue notificado oportunamente, a diferencia de casos anteriores como los de Jorge Danós Ordoñez y Sofía Reyna Palacios, abogados del estudio Echecopar

Nuestro pedido de nulidad se debe a que el trámite de dicho recurso y la sentencia de casación nunca nos fueron notificados. Cabe señalar que para el trámite de los recursos de casación de los señores Jorge Danós Ordoñez y Sofía Reyna Palacios —abogados del estudio Echecopar—, a través de los cuales se emitieron sentencias que los excluyeron del mismo proceso (”Gasoducto Sur Peruano II), la misma sala suprema sí nos notificó correctamente”, indicó en un comunicado.

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La Procuraduría enfatizó que la falta de notificación ha afectado el derecho de defensa del Estado y vulnera el debido proceso ya que les ha impedido participar de varios actos procesales, así como de debatir y presentar recursos de oposición frente a la defensa del señor Peschiera Rubini.

Se indicó también que la sentencia de casación a favor del señor Peschiera afecta el derecho del Estado a solicitar una reparación civil contra una de las empresas que participó de los presuntos actos de corrupción en la licitación del Gasoducto Sur.

El 4 de enero reciente, un juzgado de investigación preparatoria declaró improcedente nuestro pedido para incluir al estudio PPU - Philippi Prietocarrizosa Ferrero DU & Uria (antes estudio Delmar Ugarte) como tercero civilmente responsable en el caso “Gasoducto Sur Peruano II”, debido a que el señor Peschiera ya fue excluido del proceso. Por este caso, la Procuraduría viene demandando 1,300 millones de dólares contra todas las personas y empresas investigadas”, precisó la entidad.

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Pese a todo lo expuesto, confiamos en que la Sala Penal Permanente actuará con criterios de justicia declarando nula la sentencia de casación a favor del señor Peschiera Rubini y, con ello, restablecerá el derecho de defensa del Estado peruano en este caso, acorde con el debido proceso al que tienen derecho todas las partes”, culmina el documento.

Como se sabe, la revisión del pedido de anulación de dicha casación, que el colegiado emitió el pasado 6 de octubre, se realizará el próximo viernes 12 de enero por la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema.

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