
La Sala Permanente de la Corte Suprema del Poder Judicial anuló la suspensión, por 24 meses, que pesaba contra la fiscal suprema Patricia Benavides.
De esta manera respaldó la decisión de la Junta Nacional de Justicia (JNJ) que dispuso reponer a Benavides en el cargo de fiscal suprema.
Ante esta decisión la fiscal de la Nación, Delia Espinoza, deberá cumplir la decisión de la JNJ de reincorporar a Benavides Vargas como fiscal suprema.
La suspensión que pesaba sobre Benavides se le impuso por presuntamente haber obstaculizado las labores del Equipo Especial de la Fiscalía encargado del caso “Los Cuellos Blancos del Puerto”.
La investigación incluye cargos por cohecho pasivo específico, abuso de autoridad y encubrimiento personal, tanto simple como agravado.
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¿Qué dice la resolución favorable a Benavides?
La decisión tomo en cuenta que la Subcomisión de Acusaciones Constitucionales del Congreso el 25 de julio pasado, archivo la denuncia en contra de Benavides. “No está expedita la persecución penal” contra la investigada. Como consecuencia, “toda medida que afecte el entorno jurídico de quien se encontraba preliminarmente investigada decae irremediablemente”.
La decisión, con ponencia del magistrado César San Martín Castro, revocó el auto de primera instancia que había sido emitido el pasado 24 de junio por el Juzgado Supremo de Investigación Preparatoria.
Los magistrados de la Sala Penal Permanente explicaron que Patricia Benavides, al ser investigada por delitos presuntamente cometidos en el ejercicio de sus funciones, goza de la prerrogativa de acusación constitucional conforme al artículo 99 de la Constitución. Esta protección establece que solo el Congreso puede levantar tal inmunidad mediante una resolución acusatoria de contenido penal, autorización que no se obtuvo tras el archivo de la denuncia constitucional, detalló El Comercio.
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El segundo fundamento de la Corte Suprema se refiere a la imposibilidad de dictar medidas coercitivas en sede preliminar sin autorización expresa del Congreso cuando se trata de altos funcionarios públicos. Los magistrados precisaron que “no es posible, ante la falta de una habilitación expresa en sede preliminar, que se pida y se autorice una medida de suspensión temporal en el ejercicio del cargo” antes de que el Congreso habilite la formación de causa penal.
La decisión de la Corte no implica el archivo del proceso penal. La exfiscal de la Nación sigue siendo investigada por presuntos delitos de cohecho pasivo específico, abuso de autoridad y encubrimiento personal agravado, dentro de una supuesta red de tráfico de influencias durante su gestión.
El proceso continuará bajo la conducción de la Fiscalía correspondiente, sin perjuicio de su permanencia en el cargo de fiscal suprema.








