La Defensoría del Pueblo presentó al Congreso de la República un que tiene por objetivo concretar los deberes constitucionales y legales vinculados a la designación de las/os ministras/os de Estado.

La iniciativa se funda en la necesidad de garantizar el cumplimiento del principio de buena administración pública, desarrollado en la jurisprudencia del Tribunal Constitucional (TC) y en el mismo sentido, el deber de las/os ministras/os de garantizar y proteger los derechos humanos.

Se propone incorporar una disposición a la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo que recoja un conjunto de requisitos que deberá tomar en consideración el presidente de la República al elegir a quiénes serán sus ministras/os. Con ello, se explicitan los límites ya impuestos por la propia Constitución, garantizando que las personas designadas sean idóneas para el cargo.

Si bien la designación de las/os ministras/os de Estado es una facultad exclusiva del primer mandatario, la Constitución impone cumplir con el principio de buena administración pública y el deber de ser garantes de los derechos humanos del conjunto de la población.

Asimismo, la iniciativa legislativa señala que las/os titulares de los diversos portafolios deben encabezar la lucha contra la corrupción y el terrorismo, máximas expresiones de agravio a los derechos fundamentales en el Perú.

Estos deberes constitucionales se traducen en el conjunto de requisitos recogidos en la propuesta de ley. Así, por ejemplo, se prohíbe que ocupe un cargo ministerial aquella persona que ha sido condenada por un delito doloso o que haya sido destituida de la administración pública por la comisión de una falta muy grave.

También se limita que se designe en el cargo de ministra/o a quienes cuenten con una acusación fiscal por delitos especialmente graves, como el terrorismo, y quienes se encuentren incursos en un impedimento legal.

Conforme señala el proyecto de ley, una vez elegidas/os las/os ministras/os, corresponderá al Congreso de la República, y de forma previa al voto de confianza obligatorio previsto en el artículo 130 de la Constitución, realizar el respectivo control de legalidad y constitucionalidad de su designación.

Para la Defensoría del Pueblo la aprobación de este proyecto resulta importante para garantizar la buena marcha de la administración y los derechos humanos, designando a personas idóneas para los cargos ministeriales y a su vez se evitarían confrontaciones políticas entre los poderes del Estado.