En una decisión que sorprendió a propios y extraños, la Segunda Sala del Tribunal Constitucional (TC) ordenó anoche que el acuerdo de colaboración eficaz suscrito entre la empresa brasileña Odebrecht (hoy Novonor), un grupo de exejecutivos de dicha compañía, la Fiscalía y la Procuraduría Ad Hoc del caso Lava Jato sea de acceso público en un plazo de cinco días.
Así lo resolvió esta sala, integrada por los magistrados Gustavo Gutiérrez Ticse, Helder Domínguez Haro y César Ochoa Cardich, al declarar fundada una demanda de habeas data presentada por el ciudadano Phillip Butters contra los fiscales del Equipo Especial Lava Jato, Rafael Vela y José Domingo Pérez Gómez, por haberse vulnerado el derecho fundamental de acceso a la información pública.
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Al respecto, Ochoa consideró que el Ministerio Público ha invocado una norma “infralegal” respecto de la reserva de información sobre el acuerdo de colaboración eficaz con Odebrecht, por lo que defendió su voto a favor de dicho recurso.
“Cualquier ciudadano puede solicitar información que tiene en su poder el Estado, salvo las excepciones previstas en la Constitución y en la ley. En el caso de los acuerdos de colaboración eficaz, existe una norma legal, pero la reserva en sí está regulada por una norma infralegal (...) el TC ha observado esta primera cuestión, que la reserva no está prevista en una norma legal, aprobada por el Congreso, y no se ajusta estrictamente a las excepciones previstas en la Constitución”, indicó a RPP.
El magistrado también enfatizó que la reserva de dicho acuerdo “no puede ser eterna”, al recordar que ha sido aprobada hace cinco años y ya habría cumplido con todas sus fases.
“No se cumple con la norma legal como excepción y no puede haber una reserva eterna, porque el fin constitucional de esa reserva ya se cumplió al haber sido aprobado ese acuerdo”, apuntó, tras precisar que el demandante, al obtener el fallo a su favor, podría publicar la documentación.
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“El documento ya no es reservado”
Por su parte, Gutiérrez Ticse señaló que el acuerdo con Odebrecht debe ser público por el tiempo transcurrido y los procesos cumplidos.
En diálogo con radio Exitosa, el magistrado explicó que el documento ya no es reservado y la “naturaleza pública” es la que debería de primar. Por ello, resaltó que el escrito ahora podrá ser entregada a los requirentes.
“Han pasado ya más de cinco años y hay un asunto de permanente tensión en la opinión pública sobre, precisamente, la necesidad de conocer los alcances de ese documento. El TC ha señalado que, por la naturaleza del mismo, el tiempo transcurrido y haciendo un análisis de la normativa que nos rige, ese documento no es reservado. En todo caso, lo fue en su momento pero, ya habiéndose sustanciado una serie de de procedimientos, la naturaleza pública es la que prima”, apuntó.
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