El Tercer Juzgado Penal Colegiado, por mayoría, declaró la nulidad del juicio y las audiencias públicas del caso Cócteles contra Keiko Fujimori, lideresa de Fuerza Popular. Ante esto, el Tercer Juzgado Penal Nacional aceptó la apelación presentada por el fiscal José Domingo Pérez, otorgándole efecto suspensivo.
Cabe mencionar que el proceso de resolución de la apelación ha quedado suspendido desde el 13 de enero de 2025. Esta pausa interrumpe el avance de los plazos establecidos, dejando en espera el desarrollo del caso hasta que se reanude el procedimiento correspondiente.
Como se recuerda, el Tercer Juzgado Penal Colegiado de la Corte Superior Nacional ordenó anular el juicio oral seguido contra la lideresa de Fuerza Popular, Keiko Fujimori, y otros investigados por el presunto delito de organización criminal, lavado de activos y otros.
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Esto, en atención a la sentencia del Tribunal Constitucional (TC), que declaró fundado el habeas corpus que presentó el exsecretario de Fuerza Popular, José Chlimper, para ser apartado de dicho proceso judicial.
Los magistrados Mercedes Caballero García, presidenta de la sala, y Max Vengoa Valdeiglesias respaldaron las demandas presentadas por Keiko Fujimori y los demás acusados. En contraste, el juez Nayko Coronado Salazar se manifestó en contra al rechazar dichos recursos, emitiendo un voto en discordia.
Como resultado, el caso volverá a la etapa intermedia para llevar a cabo un nuevo control de acusación. Esto implica que el Equipo Especial Lava Jato deberá corregir el documento y presentar una nueva acusación contra los involucrados. Solo después de la evaluación previa por parte de la sala judicial se procederá a un nuevo juicio oral.
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Cabe destacar que la Fiscalía pidió contra la lideresa de Fuerza Popular una pena de 30 años y 10 meses de prisión efectiva, así como 15 años y 5 meses de inhabilitación, tras ser acusada de presunto lavado de activos, organización criminal, falsedad genérica y falsa declaración en procedimiento administrativo.