El fiscal supremo Pablo Sánchez fue suspendido en sus funciones por el plazo de 120 días. (Foto: Andina).
El fiscal supremo Pablo Sánchez fue suspendido en sus funciones por el plazo de 120 días. (Foto: Andina).

El fiscal supremo será suspendido en sus funciones por 120 días debido a que presuntamente habría cobrado tres remuneraciones del Estado, lo que constituiría una falta grave.

Así lo decidió la , que rechazó, por mayoría, su recurso de reconsideración para revertir la sanción que se le impuso a fines de mayo pasado.

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En la audiencia realizada esta mañana se puso a votación

Además de Thornberry, a favor de la propuesta de sanción votaron Marco Falconí, María Zavala y el presidente de la JNJ, Antonio de la Haza, mientras que Imelda Tumialán y Aldo Vásquez la rechazaron.

Ambos abogados advirtieron, por separado, que la Ley N° 28175 de empleo público no sanciona la doble percepción de salarios si es que una de ellas es por una función de docencia. En ese sentido, consideraron que se debía diferenciar el concepto de una dieta, que es lo que Sánchez cobró en la Academia de la Magistratura (AMAG).

De esta manera, la resolución de sanción en contra de Sánchez quedó firme, por lo que será notificada a la Fiscalía de la Nación a fin de que lo aparten de la Junta de Fiscales Supremos y de la institución por el plazo de 4 meses.

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¿De qué se le acusa a Sánchez?

En la ponencia se precisa que el exfiscal de la Nación cobró tres sueldos entre setiembre de 2020 y julio de 2021 como fiscal supremo, profesor universitario, así como recibió dietas como integrante del consejo directivo de la AMAG.

“Está demostrado que el investigado recibió dos remuneraciones, como fiscal supremo y docente universitario de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos (UNMSM), así como dietas de consejero en la AMAG; ha sido reconocido por el investigado sin reserva alguna por lo que resulta un hecho incontrovertible el investigado recibió triple ingreso por parte del Estado”, acotó Zavala

Además, recordó que, de acuerdo al artículo 40 de la Constitución, se prohíbe que un funcionario público desempeñe más de un cargo remunerado en el Estado, con excepción de la docencia. En ese sentido, enfatizó que la dieta es considerada un ingreso económico.

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