El Jurado Nacional de Elecciones (JNE) se pronunció por el caso del alcalde de Trujillo, César Arturo Fernández Bazán, para informar que ellos no tienen competencia para declarar la vacancia de un burgomaestre y quienes son los responsables de esa tarea es Concejo Provincial de esta localidad.
Como se recuerda, se está solicitando que se haga efecto el retiro de las credenciales del burgomaestre César Arturo Fernández Bazán para dejar sin efecto sus funciones. Sin embargo, la institución explicó que ellos no tienen el manejo de estas medidas.
A través de un comunicado, el JNE respondió a un grupo de manifestantes que llegaron hasta el municipio trujillano para expresar las “acciones lentas” que están tomando por no destituir a la autoridad edil de esta provincia. En ese sentido, aclararon que no es su competencia declarar su vacancia.
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Vacancia no está en agenda
El JNE sostuvo que “no ha demorado, ni tampoco tiene pendiente resolver el caso del alcalde de Trujillo”. Incluso añadió que, el JNE viene cumpliendo con las funciones establecidas en la Ley Orgánica de Municipalidades (LOM).
Según el JNE, “de manera proactiva se ha solicitado información al Concejo Provincial de Trujillo respecto a los expedientes de suspensión y vacancia de la citada autoridad, por lo cual se encuentra a la espera de un pronunciamiento célere de este órgano municipal”, acotó.
“El Concejo Provincial Trujillo, como órgano de primera instancia, es el llamado por ley a resolver los pedidos de vacancia y suspensión, conforme lo establece el numeral 10 del artículo 9 de la LOM. Dicha norma refiere textualmente que corresponde al concejo municipal “declarar la vacancia o suspensión de los cargos de alcalde o regidor”. Igualmente, el artículo 23 de la LOM de aplicación supletoria a los procedimientos de suspensión dispone que: “la vacancia del cargo de alcalde o regidor es declarada por el correspondiente concejo municipal, en sesión extraordinaria”, se lee en el comunicado.
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Suspenden de sus funciones al alcalde de Trujillo
El 14 de setiembre el Concejo Provincial de Trujillo suspendió por unanimidad en el cargo al alcalde César Arturo Fernández Bazán, por tener vigente una sentencia en segunda instancia por delito doloso, de acuerdo al artículo 25 de la Ley Orgánica de Municipalidades.
Durante esta sesión, se alegó que la causal de suspensión se enmarca en el artículo 25 de la Ley Orgánica de Municipalidades, que indica que un alcalde es suspendido en su cargo cuando tiene sentencia por delito doloso en segunda instancia.
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