La autoridad electoral sostuvo que los  mensajes religiosos  un mecanismo de persuasión que afecta la libertad de criterio de los votantes. (Foto: Jesús Saucedo / @photo.gec)
La autoridad electoral sostuvo que los mensajes religiosos un mecanismo de persuasión que afecta la libertad de criterio de los votantes. (Foto: Jesús Saucedo / @photo.gec)

deben dejar de emplear alusiones religiosas durante sus actividades proselitistas para las elecciones 2026.

La decisión fue adoptada después de que el colegiado verificara el uso de expresiones vinculadas a la fe y la exhibición de un símbolo cristiano en un mitin, lo cual fue considerado una vulneración a las normas de propaganda.

El JEE argumentó que estas acciones contravienen lo previsto en el Reglamento de Propaganda Electoral y en la Ley Orgánica de Elecciones, cuyo artículo 188 prohíbe expresamente “el uso o la invocación de temas religiosos de cualquier credo en la propaganda política”.

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Según el documento, el candidato se dirigió al público como “hermanos del mismo Padre Celestial” y mostró un cuadro del Señor de los Milagros al cierre de su intervención pública.

La autoridad electoral sostuvo que estas manifestaciones constituyen un mecanismo de persuasión que afecta la libertad de criterio de los votantes. Por ello, dispuso que el candidato y su partido se abstengan de repetir referencias o símbolos religiosos mientras el proceso se mantenga en evaluación.

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La autoridad electoral sostuvo que los  mensajes religiosos  un mecanismo de persuasión que afecta la libertad de criterio de los votantes. (Foto: Andina)
La autoridad electoral sostuvo que los mensajes religiosos un mecanismo de persuasión que afecta la libertad de criterio de los votantes. (Foto: Andina)

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